Local

Mercasevilla inicia un procedimiento disciplinario contra Ponce y Regla Pereira por su papel en el cohecho

el 10 nov 2011 / 12:26 h.

TAGS:

La sociedad gestora del mercado central de abastos hispalense,  Mercasevilla, ha comunicado al que fuera subdirector general de esta  empresa participada mayoritariamente por el Ayuntamiento, Daniel  Ponce, y a la que fuera coordinadora de proyectos de la ya extinta  Fundación Socioasistencial, María Regla Pereira, la apertura de un  trámite de audiencia "previo a la imposición de sanción" por su papel  en el presunto intento de cobro de comisiones ilegales protagonizado,  en 2009, por Ponce y el antaño director general de la lonja, Fernando  Mellet.

Recientemente, como se recordará, la juez mercedes Alaya,  titular del Juzgado de Instrucción número seis, abría juicio oral a  través de la Ley del Tribunal del Jurado, contra los cuatro acusados  por este presunto delito de cohecho, entre ellos Ponce y María Regla  Pereira.

Concretamente, el director general de la sociedad mixta  Mercasevilla, Manuel Blanco, ha remitido este mismo jueves a Daniel  Ponce y María Regla Pereira, que aún forman parte de la plantilla del  mercado central, sendos escritos dando cuenta de la apertura de un  "trámite de audiencia" de 72 horas "improrrogables" como medida  previa "a la imposición de sanción" a cuenta de los efectos, en el  plano laboral, de los hechos investigados por el Juzgado de  Instrucción número seis de Sevilla acerca del posible intento de  cobro de comisiones ilegales en el que habrían incurrido Daniel Ponce  y Fernando Mellet sobre dos empresarios del grupo hostelero 'La  Raza'.

APERTURA DE JUICIO ORAL CONTRA ELLOS

Y es que la citada instancia judicial, mediante un auto fechado el  pasado 25 de octubre, ha dictado la apertura de juicio oral contra  todos los acusados en esta línea de investigación, -entre ellos los  ya mencionados-, con una petición de la Fiscalía de sanción de  900.000 euros y la suspensión de empleo o cargo público, por un  periodo de 21 meses, a cuenta de un presunto delito de cohecho.

"La imputación formal en un procedimiento penal como autor de un  delito de cohecho no puede ser insignificante desde el punto de vista  de las relaciones laborales. (...) Estos hechos que se le pretenden  imputar podrían ser constitutivos de faltas laborales muy graves,  consistentes en abuso de confianza y deslealtad a la empresa y  transgresión de la buena fe contractual tipificados en el convenio  colectivo", señala en las dos misivas, recogidas por Europa Press y  que conceden un plazo "improrrogable" de 72 horas a cada uno de los  afectados al objeto de que aleguen cuanto entiendan oportuno.  

"PERDIDA DE CONFIANZA"

Y es que, "con independencia de que los hechos imputados sean  constitutivos o no de delito o merecedores de reproche penal, lo que  se pretende determinar en el presente trámite de audiencia es si la  imputación penal, mediante el auto de apertura de juicio oral de  fecha 25 de octubre dictado por el Juzgado de Instrucción número  seis, constituye transgresión de la buena fe contractual", según se  recoge en ambas cartas. Las misivas, así, avisan de que esta  "imputación formal" que afrontan Ponce y María Regla Pereira motivan  una "pérdida de confianza", toda vez que las sanciones disciplinarias  comprendidas en el procedimiento emprendido por Mercasevilla incluyen  la posibilidad de despido.

Cabe recordar, al respecto, que ya a comienzos de 2010, el Juzgado  de lo Social número once declaró improcedente el despido que Jordi  Maymó, entonces director general de Mercasevilla, había consumado  sobre Daniel Ponce el 6 de octubre de 2009, extremo que derivó  finalmente en su readmisión en el organigrama de la sociedad mixta.  No obstante, la propia sentencia que declaraba improcedente este  despido admitía la existencia de "irregularidades" en la  justificación de gastos cargados por Ponce a las cuentas de  Mercasevilla, que habría tolerado en este caso esta situación.

EL DESPIDO INICIAL DE PONCE

Las causas alegadas entonces por Mercasevilla para el despido de  Ponce aludían a la falta de justificación de gastos de viaje, la  entrega de 9.300 euros en concepto de beca a un "tercero ajeno a la  empresa", concretamente Carmen V.M., y la participación en hechos  "que podrían ser constitutivos de delito" con "ocultación",  negligencia y "absoluta falta de control y desorganización" en la  gestión empresarial, en alusión a las diferentes líneas de  investigación que pesan sobre la gestión de Mellet y Ponce al frente  de la compañía.



  • 1