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Piden inhabilitar ocho años al ex alcalde de La Campana por prevaricación

el 16 feb 2010 / 16:58 h.

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Francisco Vargas Cabello, ex alcalde de La Campana.
La Fiscalía de Medio Ambiente y Urbanismo de Sevilla ha solicitado inhabilitar por un periodo de ocho años, así como cuatro meses de prisión, para el ex alcalde de La Campana Francisco Vargas Cabello (IU), al que imputa un presunto delito de prevaricación y otro sobre la ordenación del territorio en calidad de cómplice por permitir la ampliación de un restaurante-hotel sobre suelo no urbanizable.

 

Según relata el Ministerio Público en su escrito de acusación, consultado por Europa Press, los también acusados N.G.L. y M.G.G. eran administradores solidarios de la sociedad limitada Apolo XV, que era titular a su vez del restaurante del mismo nombre radicado en una parcela propiedad de N.G.L., y añade que en el año 2004 los dos encartados resolvieron reformar y ampliar interiormente el restaurante-hotel ya existente y, además, ampliarlo exteriormente con un nuevo edificio anejo.

En este sentido, señala que el suelo donde radica el edificio estaba clasificado por las Normas Subsidiarias de Planeamiento de La Campana como suelo no urbanizable sólo apto para urbanización industrial, añadiendo que, "como no era urbano y además necesitaba de dotaciones, servicios, e infraestructuras de las que carecía, aparte de un desarrollo urbanístico posterior, la pretensión de los acusados de alzar el edificio anexo al ya existente no era viable".

No obstante, indica que, por este motivo, los dos imputados reseñados concertaron con el ex alcalde de La Campana "para ejecutar la ampliación del edificio proyectada, burlando las normas de planeamiento vigentes", al tiempo que agrega que N.G.L. encargó en mayo de 2004 la elaboración de un proyecto básico y de ejecución de obras de ampliación del hotel-restaurante al arquitecto y también acusado J.L.F., proyecto que "suponía erigir una edificación de 270 metros cuadrados adosada a la existente para albergar 16 habitaciones, con dos plantas".

Según dice la Fiscalía, el arquitecto recordaba en el proyecto que la edificación debía estar separada a 50 metros de carretera N-IV y a 25 de la SE-31, señalando también este técnico que el suelo era no urbanizable, y añade el fiscal que, como estaba cercana a la carretera, los acusados obtuvieron antes autorización de la Demarcación de Carreteras de Andalucía Occidental para llevar a cabo las obras, "condicionada a que la nueva edificación se construyera a partir de 50 metros del borde exterior de la calzada, todo ello sin perjuicio de la necesaria licencia municipal".

"Silenciaron" el inicio de las obras

Así, pone de manifiesto que, por entonces, estos tres imputados ya habían comenzado a ejecutar las obras proyectadas "sin licencia municipal de ninguna clase, a sabiendas de su ilegalidad", mientras que tampoco tuvieron en cuenta la normativa de la Demarcación de Carreteras. Añade que el 10 de junio de 2004, N.G.L. y M.G.G. presentaron solicitud de licencia de obras conforme al proyecto arquitectónico, "uniendo la autorización condicionada del organismo de carreteras y silenciando que ya habían comenzado a hacerlas".

Posteriormente, el 5 de julio de 2004, el arquitecto técnico municipal examinó la solicitud de licencia, inspeccionó las obras y comprobó que no se ajustaban al planeamiento, por lo que "de manera terminante informó desfavorablemente a la licencia, añadiendo que no solamente eran posibles obras de reforma interior y no las ampliaciones de nueva planta hasta que no se resolviera el expediente urbanístico que le afectaba".

Al hilo de ello, y tras señalar que el 17 de agosto de 2004 la Junta de Gobierno Local acordó suspender las obras tras la denuncia de un vecino, la Fiscalía asevera que, "no obstante esa decisión y la manifiesta ilegalidad de la construcción", el entonces alcalde de La Campana, "para dar apariencia de legalidad a la decisión a pesar de constarle su contradicción con la normativa, firmó con la acusada N.G.L. un convenio urbanístico" en el que se decía que "el Ayuntamiento tolera de forma provisional y en precario y se compromete a otorgar, en su momento, la licencia, previo cumplimiento de los requisitos establecidos, todo ello en base al principio de igualdad de trato con otras edificaciones del entorno".

Demolición de lo construido

Según añade, este acuerdo "por el que expresamente toleran las obras, permitió su avance", pues además el Ayuntamiento revocó el acuerdo de la Junta de Gobierno Local permitiendo que las obras prosiguieran, "si bien se posponía el otorgamiento de la licencia urbanística al reconocerse la imposibilidad de concederla", aunque el 24 de enero de 2007 el Juzgado de Instrucción número 1 de Lora del Río ordenó la paralización de las obras.

Por todo ello, la Fiscalía pide para los acusados N.G.L., M.G.G., y J.L.F. ocho meses de prisión por un presunto delito sobre la ordenación del territorio, mientras que para el ex alcalde de La Campana solicita cuatro meses de prisión por el mismo delito pero en calidad de cómplice, así como ocho años de inhabilitación especial para el cargo de alcalde o concejal por un presunto delito de prevaricación. Además, pide la demolición de lo construido.

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