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Un dictamen jurídico advierte que la Ley de Aguas es

El catedrático Javier Pérez Royo ha elaborado para Asaja un dictamen de la Ley de Aguas que desvela tres grandes carencias jurídicas: su posible inconstitucionalidad, su colisión en al menos tres artículos con el marco legal nacional y la "arbitrariedad" de varias decisiones. Los agricultores piden por ello que se congele la aprobación y siga el debate.

el 16 sep 2009 / 08:06 h.

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El catedrático Javier Pérez Royo ha elaborado para Asaja un dictamen de la Ley de Aguas que desvela tres grandes carencias jurídicas: su posible inconstitucionalidad, su colisión en al menos tres artículos con el marco legal nacional y la "arbitrariedad" de varias decisiones. Los agricultores piden por ello que se congele la aprobación y siga el debate.

La Consejería de Medio Ambiente quiere llevar la norma al Parlamento en octubre y, actualmente, está siendo analizada por el Consejo Consultivo. Sin embargo, la asociación agraria Asaja aún confía en modificar algunas disposiciones, pues de lo contrario iniciarán "otra batalla legal como la de la reforma agraria", avisó el presidente de Asaja-Sevilla, Ricardo Serra. Los agricultores presentarán pelea porque el informe que han pagado al reconocido catedrático de Derecho Constitucional de la Universidad de Sevilla "constata" que las críticas que el sector hace a la ley son "sensatas".

El primer reparo que Pérez Royo pone a la norma es que puede ser "inconstitucional", ya que desarrolla las competencias que la Junta ha asumido en exclusividad sobre el río Guadalquivir cuando sobre ese proceso existen dos recursos en contra, uno de Extremadura y otro de Castilla La Mancha, a la espera del fallo del Tribunal Constitucional. También vulnerarían la Carta Magna de 1978 artículos como el 24 y el 46, que "violentan el principio de igualdad" al disponer para el campo andaluz condiciones que no se corresponden con las del resto de agricultores de España.

Al menos en tres artículos, la ley aún por aprobar choca con la normativa nacional. Así, se determina que la prioridad para el consumo es el humano y después vienen todas las demás actividades, sin diferenciar; la ley nacional sí define varios tipos de usos diferentes y, tras el abastecimiento humano, sitúa a la agricultura. "Seremos agricultores de segunda si eso se aprueba", remachó Emilio Vieira, responsable jurídico de Asaja. Además, se limitan a 20 los años que un profesional puede tener como máximo una concesión de agua, cuando el texto refundido de la Ley de Aguas nacional fija ese plazo en hasta 75 años. Hay un tercer punto en el que ley autonómica y nacional no casan: ahora, en Andalucía, se aplicará un régimen de sanciones incluido en la Ley de Gestión Integrada de Calidad Ambiental, lo que "grava notablemente la carga sancionadora en la región y se separa de la legislación nacional". Todo ello aporta "inseguridad jurídica", sostiene el informe, a lo que se suman artículos "arbitrarios" y "tan absolutamente abiertos" que pueden dar lugar a "desigualdades".

Asaja lamenta, además, la "enorme rigidez" en la regulación de pozos de aguas privadas, que "obligará" a la conversión del regadío en secano. Por ello piden que se abra una nueva negociación y se "congele" la aprobación de la norma, hecha "con prisas". Ese trámite acelerado también ha sido censurado por Ecologistas en Acción, que presentó en primavera 25 alegaciones a la ley.

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