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Una romera, indemnizada con 7.089 euros por el pisotón de un mulo

el 13 feb 2010 / 10:27 h.

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La Audiencia de Sevilla ha condenado al dueño de un mulo que participaba en la romería de El Rocío a indemnizar en 7.089 euros a una romera que sufrió la fractura de un pie al ser pisada por el animal.

La Sección Quinta de la Audiencia, en una sentencia a la que ha tenido acceso Efe, dice que no se ha demostrado que la denunciante C.R.R. tuviera una "conducta negligente" que favoreciera el pisotón ni que sufriese la lesión con posterioridad.

El accidente se produjo en la provincia de Sevilla y la mujer continuó la romería hasta El Rocío (Huelva), por lo que el dueño del mulo alegó que no se había demostrado la relación entre el pisotón y la fractura diagnosticada varios días después.

Según su abogado, lo único que quedó acreditado es que la romera sufrió una contusión, que luego continuó la peregrinación y que "pasaron varios días hasta que le fue diagnosticada la rotura, por lo que la misma pudo tener lugar en un momento posterior".

La Audiencia, sin embargo, explica que "ha quedado perfectamente claro que la lesión es compatible con que la denunciante pudiera continuar la peregrinación tras una primera asistencia", aunque lo hizo "con dolores y molestias que le impidieron desplazarse con normalidad".

Tras la primera asistencia por parte del dispositivo médico del lugar, que la sentencia califica como "incorrecto", la mujer acudió al hospital Virgen del Rocío de Sevilla porque persistían el dolor y la incapacidad.

Por ello, la Audiencia confirma en todos sus extremos la sentencia dictada en septiembre de 2008 por un juzgado de primera instancia, que condenó al dueño del mulo, A.G.C., a indemnizar en 7.089 euros a la romera, cantidad de la que fue declarada responsable subsidiaria la aseguradora Mapfre Agropecuaria.

La sentencia explica que no se ha demostrado que los daños fuesen consecuencia de "fuerza mayor o culpa de quien lo sufrió", y por el contrario cree acreditado que el pisotón fue causado por el mulo que conducía su propietario, un vecino de Bormujos (Sevilla).

Por ello, la Audiencia le condena a pagar por las secuelas y tiempo de curación, incrementado en las costas del proceso y los intereses legales.

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