Que lo detengan

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20 ene 2018 / 20:53 h - Actualizado: 20 ene 2018 / 20:50 h.

Un privilegio de los políticos, o eso dicen, el caso es que no se les puede detener. ¿Seguro? Ahora veremos, pero así está escrito. A los parlamentarios no se les puede privar de libertad. Convendría saber la razón, no obstante, para que el común de los ciudadanos podamos soportar mínimamente el agravio comparativo. La historia comienza en los tiempos en que la justicia estaba ligada estrechamente al Rey y cuando frente a este nacía un Parlamento poderoso y molesto, decidido a hacer frente a las prerrogativas o caprichos del monarca. Especialmente ante las decisiones que adoptaban forma de impuestos y que llegaban a ser confiscatorios de vidas y patrimonios. Así las cosas, no es difícil pensar en un semidios coronado que, para evitar a la molesta oposición, a través de una justicia a sus deseos plegada, ordenase la detención a diestro y siniestro de diputados y senadores. Una justicia sin ley pero con causa, la de alterar la composición de la Cámara o interferir dolosamente en sus trabajos. La reacción natural frente a este crimen político, el de un poder del Estado que pretende perturbar dolosamente a otro de mayor legitimidad, fue la razón del nacimiento de la inmunidad de los parlamentarios, el origen de su capacidad para resistirse como órgano frente a detenciones arbitrarias.

Esta institución se ha mantenido en el tiempo, pasando de Constitución en Constitución. Sin embargo, como bien se comprenderá, hoy en día ya no puede tener el mismo sentido que antaño. En un Estado democrático no hay justicia del Rey, ni por supuesto del Gobierno. Los jueces y tribunales son un poder independiente que, por esa misma razón, son responsables de sus decisiones, y medios hay para hacerles pagar por su prevaricación si la hubiese. De modo que en un cierto momento de la historia nacería el suplicatorio, es decir, una forma de atenuar racionalmente dicha garantía para que no mutase en privilegio democráticamente insoportable, en impunidad descarada. El juez puede detener, pero para hacerlo debe “suplicar” el permiso de la Cámara. Y así fue como, durante décadas, serían los parlamentos las que con absoluta libertad y sin mayores explicaciones decidirían si conceden o no el llamado suplicatorio.

Hoy ya no se admite ni esto. Nuestro Tribunal Constitucional redujo el ámbito de la inmunidad a su estricta razón de ser con un aplastante argumento: la inmunidad de los parlamentarios no pueden laminar de manera absoluta el derecho a la tutela de los terceros que llevaron a esos parlamentarios ante el juez, no puede provocar su indefensión. Así que, solicitado el suplicatorio, la Cámara solo lo puede denegar si demuestra que el juez lo insta sin fundamento legal alguno, es decir, que la querella se presentó con la única idea de pervertir el resultado democrático de las elecciones.

¿Lo pueden detener entonces? Obviamente sí, somos una democracia, el reino de los iguales.