Nuevo informe al fiscal general

Los fiscales del 'procés' reiteran su oposición a la amnistía: solo la ven aplicable por el 1-O a Marta Rovira

Informan a García Ortiz en contra de que la medida de gracia suponga el levantamiento de la orden de detención de Puigdemont, Comín y Puig, y le instan a que si les ordena lo contrario lo haga por escrito

García Ortiz acuerda "unidad de actuación" con los fiscales catalanes sobre la amnistía

García Ortiz acuerda "unidad de actuación" con los fiscales catalanes sobre la amnistía

Los fiscales del 'procés' se han reafirmado ante el fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, en su negativa a aplicar la ley de amnistía a los condenados y procesados en rebeldía por el 1-O, con la única excepción de la secretaria general de ERC, Marta Rovira, que lo está solo por desobediencia, igual que la 'exconsellera' Clara Ponsatí, que cuando volvió a España ya regularizó su situación. Consideran que la malversación por la que lo están el expresidente de la Generalitat Carles Puigdemont y los 'exconsellers' Toni Comín y Lluís Puig no entra dentro de los supuestos previstos por el legislador en la medida de gracia que este martes entró en vigor al publicarse en el BOE.

En el escrito, al que ha tenido acceso EL PERIÓDICO, los fiscales Javier Zaragoza, Consuelo Madrigal, Fidel Cadena y Jaime Moreno insisten en los argumentos que dieron a conocer el pasado 30 de mayo, consistentes en que la desobediencia y los desórdenes públicos entran dentro de la amnistía que ha salido del Congreso, pero la malversación no. Sostienen que la propia ley veta perdonar este delito si afecta a intereses europeos y en los supuestos en que se ha producido un "enriquecimiento personal o beneficio patrimonial", que es lo que los representantes del ministerio público en el juicio del 'procés' consideran que cometieron tanto los condenados en la sentencia del 'procés' como los que huyeron, ya que también se entienden de esa forma las conductas realizadas en beneficio de los intereses de sus respectivos partidos.

De esta forma en el documento, de nueve páginas, los fiscales proponen informar a la Sala Segunda del Supremo y al juez Pablo Llarena en contra de aplicar la amnistía a la malversación y, por tanto, de levantar las condenas de inhabilitación que aún cumplen Oriol Junqueras, Jordi Turull, Raül Romeva y Dolors Bassa; y si no se aplica la amnistía tampoco pueden retirarse las órdenes de detención dictadas contra Puigdemont, Puig y Comín.

"La malversación de caudales públicos supuso un beneficio patrimonial para los autores, pues destinaron los mismos a la elaboración, desarrollo y concreción de su ilegal proyecto que les produjo un indudable beneficio patrimonial, pues decididos a toda costa a celebrar el referéndum ilegal conocían perfectamente la magnitud de gastos y la necesidad de obtenerlos recurriendo con clamorosa infracción del deber de custodia a su sustracción del erario público de todos los españoles", afirma el escrito. 

Además, se muestran partidarios de elevar una consulta sobre el Derecho europeo al Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) para asegurarse de que se pueden amnistiar conductas que afectan a sus intereses, en el caso de que el Supremo termine considerando que la amnistía es aplicable a la sentencia que dictó en octubre de 2019 y a los procesados en rebeldía.

Estatuto Fiscal

Conscientes de que los informes que han presentado este miércoles probablemente no serán los que terminará presentando el ministerio público en el Tribunal Supremo, porque la decisión última sobre su contenido depende del fiscal general, le advierten de que "si considera que debe aplicarse en todo caso la ley, prescindiendo del análisis del hecho concreto y de los argumentos jurídicos expuestos en los informes que se adjuntan, deberá ordenarlo por escrito de manera motivada y fundada".

De esa forma ellos podrán "proceder conforme a lo dispuesto en el artículo 27" del Estatuto Fiscal, que prevé que se consulte a la Junta de Fiscales de Sala sobre el asunto en discusión, "ya que estimamos que su aplicación en lo que concierne al delito de malversación de fondos públicos es improcedente y contraria a las leyes por no ajustarse a los criterios más elementales de lógica jurídica y de legalidad penal exigibles en la interpretación y aplicación de la norma".

Añaden que en el caso de que García Ortiz "mantenga finalmente la decisión sobre la aplicación de la ley a los hechos constitutivos de malversación, en aplicación del artículo 25" del Estatuto "será necesario dictar un decreto motivado que acuerde la avocación de la causa para ser despachada" por el propio fiscal general o quien él designe. En el caso de Tsunami Democràtic, esa responsabilidad le correspondió a la teniente fiscal, Ángeles Sánchez Conde.

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