Secreto de las actuaciones

El Supremo ordena el registro del despacho del fiscal general del Estado para intervenirle sus dispositivos

El instructor decreta el secreto de las actuaciones durante un mes para poder examinar los móviles, tabletas y ordenadores utilizados por García Ortiz desde el 8 de marzo

Ceremonia de promesa del fiscal de Sala de la Fiscalía del Tribunal Supremo, Fernando Prieto

Ceremonia de promesa del fiscal de Sala de la Fiscalía del Tribunal Supremo, Fernando Prieto / Sergio Pérez

El Tribunal Supremo ha dado un paso que nadie esperaba en la instrucción de la causa abierta contra el fiscal general del Estado. Su instructor, el magistrado Ángel Hurtado, ha decretado el secreto de las actuaciones y ha enviado a la Guardia Civil a registrar el despacho de Álvaro García Ortiz en la sede del ministerio público para intervenirle todos sus dispositivos móviles e informáticos y poder así conocer sus comunicaciones desde el pasado 8 de marzo. El objetivo es comprobar si cometió el delito de revelación de secretos que se le imputa, después de que algunos medios informaran del ofrecimiento realizado por la defensa de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, consistente en reconocer los delitos fiscales que se imputan al empresario si así evitaba la cárcel.

Los registros se han producido mientras se iba a realizar un acto en la sede de la Fiscalía General del Estado, que finalmente, cuando apenas quedaban 20 minutos para que comenzara, fue suspendido por el gabinete de prensa del ministerio público. De no haberlo hecho, habría coincidido con el registro por la Guardia Civil de su sede en la madrileña calle de Fortuny. Previamente el instructor había dictado una resolución en la que pedía a García Ortiz que designara un abogado para representarle, después de que la otra imputada, la fiscal Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, vaya a serlo por la Abogacía del Estado. El registro del despacho de Rodríguez también fue acordado por el magistrado.

En los autos de entrada y registro, a los que ha tenido acceso este periódico, el juez Hurtado ordena la "intervención de documentación en soporte papel o informático que tenga relación con los hechos investigados", así como la "intervención y/o copia, en su integridad o parcialmente, cualquier tipo de material o soporte informático y telemático (incluida telefonía móvil), que haya podido ser empleado o que pudieran servir como indicios o pruebas de la comisión de los hechos objeto de la investigación".

El magistrado se interesa por los correos electrónicos que recibió y envió desde el pasado 8 de marzo hasta ahora, sus redes sociales "y otros repositorios", para lo que autoriza el volcado de sus cuentas y perfiles, así como de la información que contengan. El objetivo es determinar si fue él quien facilitó a algunos medios el acuerdo de conformidad que intentó la defensa de González Amador antes de la publicación de la nota de prensa con la que se desmintió oficialmente el bulo de que el pacto partía de fiscalía. Esa nota dio lugar a la interposición de denuncias en su contra por parte del Colegio de la Abogacía de Madrid y del propio empresario.

El auto también ordena la aprehensión del "teléfono o teléfonos móviles del interesado, por parte de la Fuerza Actuante, a presencia del Letrado de la Administración de Justicia (LAJ), así como otros dispositivos informáticos/telemáticos que pudiera portar (tablet, ordenador portátil u otros)".

El juez precisa que en relación con "el material informático o telemático (incluido la telefonía móvil) será preciso realizar una copia, protegida por huella digital u otro procedimiento que impida la ulterior modificación del contenido, la cual quedará custodiada bajo la fe pública del LAJ". De no poderse realizar esa copia, el propio dispositivo "será incautado y asegurado" por este funcionario que lo mantendrá bajo su custodia.

Incluso preveía que en el caso de "localizarse el equipo informático encendido, al objeto de preservar la información volátil que almacena y que puede ser crucial para la posterior elaboración de informes técnico-policiales, se autoriza la realización, si resultara viable técnicamente, del Análisis Técnico Policial del sistema informático localizado durante el registro". Consciente de que ese análisis "supone una injerencia en el sistema", el juez añade que "quedará perfectamente documentado" y se realizará en presencia del LAJ.

"También se autoriza, en el caso de que sea necesario para extraer la mayor información posible de los dispositivos móviles, la autorización para proceder al 'rooteo' de los mismos", añade el juez, que explica "el 'rooteo' consiste en realizar una serie de actuaciones técnicas sobre el dispositivo móvil que permiten obtener privilegios de administrador sobre él y de esta manera poder realizar una imagen forense".

Hurtado, además, prevé que "la capacidad de los archivos a descargar se requiera un tiempo considerable" y que haya que modificar "claves de accesos a cuentas digitales de almacenamiento de información, mensajería o de redes sociales, así como para la apertura de SMS o mensajes en cuenta de correo alternativa que genere dicha modificación". Así autoriza la modificación de la vía alternativa de recuperación de contraseña, así como de su autorización para proceder a "volcar la información de conversaciones de la aplicación de mensajería que se encuentran en los terminales telefónicos" con las tarjetas SIM utilizadas por los Investigados.

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