Tras el registro

Asociaciones de fiscales se revuelven contra la permanencia de García Ortiz y piden al Supremo su suspensión

La que ejerce la acción popular contra el fiscal general se suma a una petición similar de Manos Limpias, mientras que la mayoritaria pide a la carrera que "reaccione"

Archivo - El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, durante el acto de toma de posesión del nuevo fiscal jefe de área de Ferrol y Ortigueira, en la sede de los Juzgados de Ferrol, a 13 d septiembre de 2024, en Ferrol, A Coruña, Galicia (España).

Archivo - El Fiscal General del Estado, Álvaro García Ortiz, durante el acto de toma de posesión del nuevo fiscal jefe de área de Ferrol y Ortigueira, en la sede de los Juzgados de Ferrol, a 13 d septiembre de 2024, en Ferrol, A Coruña, Galicia (España). / Carlos Castro - Europa Press - Archivo

El registro de más de 10 horas en la Fiscalía General del Estado para intervenir a su máximo responsable, Álvaro García Ortiz, sus dispositivos móviles e informáticos y conocer todas sus comunicaciones desde el pasado 8 de marzo, ha servido de revulsivo para los colectivos de representación de los fiscales. La Asociación Profesional e Independiente de Fiscales (Apif), personada como acusación en la causa contra el fiscal general, ha presentado un escrito en el que insta al instructor en el Tribunal Supremo a que le suspenda de funciones, como afirma que pasaría con cualquier representante del ministerio público en su situación.

La Apif formula su petición a través de un escrito de cinco páginas, en el que coincide con otro similar presentado por el autodenominado sindicato de funcionarios Manos Limpias, que el instructor del procedimiento, el magistrado Ángel Hurtado, anunció que resolvería en una resolución independiente. Su primer paso fue pedirle a García Ortiz que designara abogado y procurador y decretar el secreto de las actuaciones a la vez que ordenaba el registro de su despacho y del de la fiscal Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, también imputada por un delito de revelación de secretos. Ambos serán representados por la Abogacía del Estado.

Por su parte la asociación mayoritaria en la carrera, la Asociación de Fiscales, refrenda la solicitud de la Apif, al pedir a todos los fiscales una "reacción" ante la gravedad que supone que el Tribunal Supremo ordene el registro del despacho del máximo responsable del órgano encargado de garantizar la legalidad, "un hecho sin precedentes que marca un hito que tardará muchos años en borrarse de nuestra memoria colectiva", señala en un comunicado.

La asociación a la que pertenecía García Ortiz hasta su incorporación a la Fiscalía General del Estado y de la que fue portavoz, la Unión Progresista de Fiscales, es la única que dirige sus críticas contra la actuación del Tribunal Supremo y defiende que se deberían haber archivado de plano las denuncias formuladas contra García Ortiz por presuntamente haber dado a conocer la propuesta de conformidad que hizo la defensa de Alberto González Amador, pareja de la presidenta de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, que pasaba por admitir que había cometido dos delitos fiscales para eludir la cárcel.

En esa línea también ha ido Jueces y Juezas para la Democracia, que en un comunicado señalan que el delito imputado es de los considerados "menos grave, lo que obliga a una fundamentación reforzada conforme a la jurisprudencia del Tribunal Supremo y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos", y propugna la conveniencia de adoptar medidas menos lesivas y advierte del riesgo de filtraciones de lo que se haya intervenido en el registro.

Legislación

En su escrito ante el juez Hurtado, la Apif argumenta que la apertura del procedimiento contra García Ortiz y Rodríguez "debe provocar que a ambos se les suspenda provisionalmente del cargo que ejercen en la actualidad", conforme marca la ley orgánica del poder judicial para los jueces y magistrados, que se suele extender al ministerio público.

En su escrito, la asociación fiscal señala que "a ambos se les investiga por un delito cometido en el ejercicio de sus funciones, ya que habrían revelado unos secretos que conocieron precisamente por razón de su cargo", por lo que creen cumplidos los requisitos previstos tanto en el artículo 60 del Estatuto Fiscal como en el 383 de la LOPJ para proceder a su suspensión provisional.

Añade que el artículo 86.1 del reglamento fiscal estipula que "los miembros de la carrera fiscal podrán ser suspendidos en virtud de procedimiento penal (…). Mientras dure la suspensión quedarán privados del ejercicio de sus funciones", por lo que también por "esta vía" se conduciría "al mismo resultado", dado que "ambos están inmersos en un procedimiento penal (único requisito que exige el artículo)".

"Si a cualquier fiscal que se encontrase en esta situación debería suspendérsele provisionalmente de empleo -por eso también hemos solicitado que se aparte a María Pilar Rodríguez Fernández-, cuando el afectado es el fiscal general del Estado la adopción de esta medida deviene obligatoria", sostiene la acusación. 

Añade que "si Álvaro García Ortiz continuara siendo fiscal general del Estado durante el transcurso del procedimiento, él sería el superior jerárquico del fiscal designado para intervenir en la causa y en calidad de tal podría impartirle órdenes", en función del artículo 25 del estatuto fiscal, lo que hace más necesario que sea suspendido de funciones.

A este punto señala también la Asociación de Fiscales cuando pide a la carrera una reflexión sobre "¿qué fiscal interviene en las diligencias previas abiertas en el Supremo?, ¿quién y cómo le designó?, ¿a qué fiscal se le notificó el auto conocido parcialmente ayer?, ¿qué percepción puede tener el instructor (o la sociedad, o la carrera fiscal) de la institución que debe garantizar los principios de legalidad e imparcialidad cuando pueden concurrir en quien intervenga causas de abstención evidentes?". Añade si "¿es imaginable la intervención de la teniente fiscal del Supremo cuando depende directamente de quien es persona investigada y de quien depende su eventual renovación?"

La Apif refrenda su petición de suspensión de empleo con un "resultaría sumamente paradójico que el juez instructor estuviera legitimado para adoptar medidas cautelares tan contundentes como la prisión provisional o un embargo de millones de euros para asegurar las responsabilidades pecuniarias que pudieran generarse, pero no para suspender provisionalmente de empleo a un funcionario investigado".

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