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Condena de 27.000 euros por el ataque de su perro sin correa

Condenada porque su perro dogo atacó a un hombre cuando iba suelto, sin bozal y no tenía la preceptiva licencia.

el 16 abr 2014 / 16:31 h.

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La Audiencia de Sevilla ha condenado a pagar una multa de 180 euros y una indemnización de 27.000 euros a la dueña de un perro dogo que atacó a un hombre cuando iba suelto, sin bozal y no tenía la preceptiva licencia municipal ni seguro obligatorio. Una sentencia de la Audiencia, a la que ha tenido acceso Efe, anula un fallo absolutorio anterior dictada por el juzgado de Sanlúcar la Mayor (Sevilla), que se basó en que cuando ocurrieron los hechos quien paseaba al perro no era su dueña sino su marido, que no fue procesado. El animal, un dogo argentino, atacó a un hombre y le causó diversas contusiones y una fractura del cúbito derecho, lesiones por las que estuvo cuatro días hospitalizado y de las que tardó en curar 420 días, además de quedarle secuelas consistentes en limitación del codo y cicatrices. La Audiencia impone a la dueña del perro una condena de un mes de multa con cuota diaria de 6 euros, lo que equivale a 180 euros, por una falta de lesiones por imprudencia y el pago al agredido de 17.000 euros por las lesiones y 10.000 por las secuelas. Aunque la dueña del perro no fuese responsable directa de que el perro estuviese suelto, la Audiencia considera que también incurrió en la conducta imprudente "desde el momento en que permite que su marido saque al perro a la vía pública sin el preceptivo bozal". La circunstancia de dejarlo "en condiciones de causar un mal" se refuerza porque se trataba de un dogo argentino que no contaba con la licencia municipal que exige la ley sobre animales potencialmente peligrosos ni con seguro obligatorio de responsabilidad civil, según la Audiencia. Esa desatención hacia la ley "sería constitutiva de una infracción muy grave", que la ley castiga con multa de 2.404 euros a 15.025 euros, "esto es, con un rigor infinitamente superior al de la sanción penal", recuerda la Audiencia. Por tanto, la Audiencia revoca la sentencia absolutoria y condena a la dueña del perro según pidió la víctima en el juicio de faltas y a pagar la indemnización correspondiente.

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