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Condenado por cazar 121 aves prohibidas con una carabina de aire comprimido en Benacazón

el 23 nov 2010 / 16:19 h.

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El Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla ha condenado a un  hombre, identificado como M.M.M., al pago de una multa de 1.800 euros  por cazar 121 aves incluidas en el catálogo nacional y andaluz de  especies amenazadas en una finca ubicada en la localidad sevillana de  Benacazón.  

Según relata el Juzgado de lo Penal en la sentencia, consultada  por Europa Press, los hechos tuvieron lugar en la madrugada del día 2  de diciembre de 2005 en la finca 'Los Argelinos' de Benacazón, lugar  en el que el acusado se encontraba cazando aves valiéndose para ello  de una linterna y de una carabina de aire comprimido.  

En este sentido, añade que, con este arma, el encartado cazó 121  aves, entre las cuales se encontraban nueve currucas capirotadas, un  petirrojo, siete pinzones reales y 83 pinzones comunes, todas las  cuales están incluidas en el anexo II del catálogo nacional de  especies amenazadas, categoría de interés especial por su particular  interés científico, ecológico, cultural o por su singularidad.  

Además, también se encuentran incluidas por idénticas razones en  el catálogo andaluz de especies amenazadas, y argumenta la sentencia  que, "pericialmente, se ha determinado que subsisten las razones para  su inclusión en estos catálogos". Todas las aves muertas, así como el  arma y la linterna, fueron intervenidas a las 4,00 horas de ese mismo  día por agentes de la Guardia Civil.  

NO ES UN CAZADOR NOVEL

Sobre el hecho de que el acusado haya argumentado que "desconocía  si el tipo de aves cazadas eran o no especies amenazadas", la  sentencia dice que, "obviamente, ninguna duda cabe en relación a que  la voluntad del acusado era la de cazar una serie de pájaros",  añadiendo que "no parece que pueda hablarse de un cazador novel, aún  cuando solo fuese por el conocimiento de la concreta técnica de caza  y el número de piezas cobradas, que demuestran una cierta habilidad  en el manejo de la carabina".  

Dicho lo anterior, pone de manifiesto que "resulta sobradamente  conocido, no solo dentro del mundo de la caza sino fuera del mismo,  que existe una amplia normativa en materia de protección de las aves  y que es importante el número de las mismas que goza de ella", y  agrega que, "en cualquier caso, el encartado hubiese podido muy  fácilmente alcanzar el conocimiento de las especies que podía cazar y  en qué modo".  

Por todo ello, el Juzgado de lo Penal número 4 de Sevilla ha  condenado al acusado al pago de una multa de 1.800 euros y a  indemnizar con 2.000 euros a la Consejería de Medio Ambiente de la  Junta de Andalucía por un delito contra la fauna. Además, le  inhabilita para el derecho de cazar y pescar por un periodo de dos  años.   

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