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El contrato del servicio de grúa se formalizará en octubre con Setex Aparki tras su aprobación definitiva

Ya se ha adjudicado de forma definitiva por un importe de 8,6 millones de euros.

el 15 sep 2011 / 14:25 h.

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El Area de Seguridad y Movilidad del Ayuntamiento de Sevilla  formalizará en octubre el contrato para la inmovilización, retirada y  depósito de vehículos en la ciudad --la grúa municipal-- con la  empresa Setex Aparki , a la que se ha adjudicado definitivamente este  servicio.

Según han indicado a Europa Press fuentes municipales, la  adjudicación puede considerarse aprobada "a todos los efectos" en  Junta de Gobierno Local, dado que ésta fue suscrita mediante una  resolución de Tenencia de Alcaldía el pasado mes de agosto, sin que  el órgano de gobierno de la ciudad pudiera dar el visto bueno al no  reunirse en este mes.

De esta manera, y una vez oficializado el anuncio de adjudicación  definitiva el pasado 5 de septiembre, por un importe de 8,6 millones  de euros, la formalización del contrato se realizará en octubre,  coincidiendo con el fin de la prestación del servicio de la empresa  Aparcamientos Urbanos de Sevilla S.A. (Aussa), a la que se le había  prorrogado la concesión.

De hecho, Aussa llegó a presentar un recurso especial y  alegaciones contra esta adjudicación, que ya fueron desestimadas por  parte de la Mesa de Contratación en un proceso que validó la Junta de  Gobierno Local a principios del presente mes de septiembre

El Consistorio desestimó las alegaciones al considerarlas  "contrarias" y por "carecer de criterios"; así, la cuestión  fundamental que Aussa presenta es si la retirada telemática de  vehículos ha de considerarse que se efectúa a requerimiento de la  Policía Local.  

De esta forma, se explicó que la Mesa se ratifica en dicho  criterio y, además, se corrobora con un informe del superintendente  de la Policía Local, en el que consta que todas las retiradas de  vehículos siempre se hacen a requerimiento del cuerpo policial y  mediante orden expresa de retirada. Por ello, se dio respuesta  contraria a todas las alegaciones partiendo de la premisa anterior,  no obstante lo cual la Mesa las ha considerado todas.  

Otra de las cuestiones que la empresa alegó es referente a la  capacidad media de respuesta en minutos. En este caso, no se procedió  a la estimación de la alegación, ya que no existe el incumplimiento  de las condiciones establecidas en el pliego de condiciones que se  aduce, puesto que Setex Aparki sí establece los tiempos de respuesta  de cada uno de los servicios, incluyendo los de la retirada  telemática y dando, como otros ofertantes, el tiempo medio de  respuesta --que Setex Aparki justifica en diez minutos--, que es lo  que debe constar en todas y cada una de las ofertas, según el pliego  de condiciones.

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