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El juez acepta someter a Miguel al test de la verdad, pero no será válido como prueba

El magistrado deja claro desde el principio que se trata de una actuación policial encaminada a localizar el cuerpo de Marta del Castillo, y que no tiene por objeto «investigar nuevos hechos».

el 25 feb 2014 / 14:10 h.

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carcano-cara«No es una prueba» y «en consecuencia, nunca podría ser utilizada en contra del penado». Esta es la premisa que el juez del caso Marta del Castillo aclara en el auto en el que ayer dio su autorización para que Miguel Carcaño sea excarcelado y sometido al llamado test de la verdad. El magistrado asegura que «no existe inconveniente» en que se lleve a cabo, y recuerda que el joven puede «negarse libremente, en cualquier momento» a su práctica tras haberla aceptado voluntariamente.

La resolución del titular del Juzgado de Instrucción número 4, Francisco de Asís Molina, se produce después de que la Fiscalía, la familia de Marta y le defensa de Carcaño no hayan mostrado reparo alguno a su realización. «No existe inconveniente para que se lleve a cabo por si pudiera ayudar a descubrir o reforzar algún indicio o hipótesis sobre la suerte o paradero del cuerpo de la infortunada joven”, señala el magistrado en su auto, en el que acuerda su excarcelación tras «supervisar la legalidad de la actuación policial». Y añade que «el estudio no podrá tener finalidad distinta a la mencionada».

En este sentido, la decisión del juez, ataja cualquier duda futura que pueda generar este test sobre su validez como prueba una vez que se conozcan los resultados del mismo, ya que precisa que «la actuación aquí expuesta no es una diligencia de instrucción, no es una prueba, no tiene por objeto investigar la conducta de una persona sometida al proceso y, en consecuencia, nunca podría ser utilizada en su contra».

Es más, incide en que la condena de Miguel Carcaño, 21 años de prisión, por el asesinato de la joven es firme y que en la actualidad se mantiene abierta una pieza separada para localizar el cuerpo de Marta. Por ello, «el presente proceso no es una causa judicial en fase de instrucción; no tiene por objeto la investigación de nuevos hechos, ni la participación de personas distintas en los hechos juzgados», es decir, no podría ser válida para reabrir una nueva investigación sobre la muerte de la joven, más aún cuando Miguel acusó a su hermano del crimen en su última versión, en la que señaló la finca de la Majaloba, en La Rinconada, como el lugar dónde habían enterrado a Marta. «Existe una condena firme por delito de asesinato y no ha aparecido el cuerpo de la víctima, y es obligación de la Policía y del propio juzgado continuar con las pesquisas para su hallazgo. Esta es la razón de ser de esta pieza separada del proceso principal», aclara.

La prueba consiste «en la búsqueda de información mediante la respuesta que da el cerebro a determinados estímulos», explica el instructor. Mediante unos sensores colocados en la cabeza que registran los estímulos positivos, que no pueden ser «modificados» por el sujeto y que genera unos datos digitales que son «valorados objetivamente y dista mucho de los que se ha venido a denominar máquina de la verdad». Sus resultados también son reclamados por el juez.

Los agentes quieren saber si en su última versión, en la que Miguel sitúa el cuerpo en La Rinconada, el joven está diciendo la verdad. La Policía ha rastreado esta zona sin éxito, pero sigue centrando sus pesquisas en la misma, con la esperanza de, cinco años después de su desaparición, encontrar a Marta.

 

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