FINANZAS

¿Qué es la usura y qué puede hacer el usuario para reclamar?

El de usura es un término jurídico vinculado a los créditos rápidos que es conveniente conocer y saber identificar

  • ¿Qué es la usura y qué puede hacer el usuario para reclamar?

La usura es una mala práctica que algunas entidades bancarias y empresas que conceden créditos rápidos han puesto en marcha en los últimos años, sobre todo coincidiendo con la peor época de crisis económica que hubo en España.

Estrechamente relacionada con los intereses abusivos de los préstamos rápidos, la usura se encuentra tipificada en nuestro país desde que se aprobó en 1908 la Ley sobre nulidad de los contratos de préstamos usurarios, más conocida popularmente como Ley de Ázcarate.

Muchos usuarios de este tipo de créditos se encuentran con verdaderas dificultades para hacer frente al pago de la deuda, sin saber que en realidad están siendo víctimas de una práctica abusiva que es posible denunciar.

Los requisitos necesarios para que exista usura

Desde indemniza.me, Iván Metola señala que, aunque existen, según la ley, distintos supuestos que pueden calificarse de usura, uno en concreto es el más común de todos. “Son aquellos casos en los que en un contrato de préstamo o crédito se establece un tipo de interés notablemente superior al normal”. Esto es, el que habitualmente se fija en el mercado en operaciones similares.

Además, el tipo de interés ha de “resultar desproporcionado en relación con las circunstancias del caso” para poder garantizar que se trata de usura.

El Tribunal Supremo se ha pronunciado ya en numerosas ocasiones para fijar exactamente cuándo es posible calificar de usura a determinada operación financiera. Tal y como señala Metola, “sería posible reclamar por usura al menos en aquellos casos en los que el TAE del préstamo supere el doble del TAE medio publicado por el Banco de España para la fecha en que se firmó el contrato en operaciones similares”.

La reclamación por usura

Si un usuario o cliente de un crédito rápido considera que está siendo víctima de usura, ha de saber que la reclamación es posible y pertinente. Y, al caso más común de usura por intereses excesivamente altos, hay que sumar otros. Por ejemplo, que la entidad simule haber prestado más dinero del que el usuario finalmente ha recibido.

En todos estos casos, Iván Metola recomienda iniciar siempre el procedimiento de reclamación por la vía extrajudicial. “Solo cuando dicha vía resulta infructuosa, se debería acudir al Juzgado”. Aunque lamentablemente, añade, “la mayor parte de las veces la única solución es la judicial”.

¿Es posible recuperar el dinero?

El objetivo de la reclamación judicial es que se declare la nulidad del préstamo. Y, si se dan todas las condiciones para que así sea, existe la posibilidad de que el usuario pueda recuperar el dinero pagado de más. Es decir, si el crédito se declara nulo y el afectado ha terminado pagando más dinero del prestado, podrá exigir la devolución de la diferencia.

También es posible que se inicie el procedimiento de reclamación cuando todavía no se ha llegado a pagar la totalidad de la deuda. En esos casos, si el crédito es nulo, se permite al usuario pagar solo lo que resta, sin tener que abonar además los intereses.

En cualquier caso, recuerda Iván Metola, “la facultad de declarar usurario un préstamo corresponde en exclusiva a los Tribunales de Justicia”.


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