Economía

Admitida a trámite una demanda colectiva contra 45 bancos por las cláusulas suelo

La juez que lleva el caso da dos meses a los afectados para sumarse a la demanda y estudiará si paraliza la aplicación de la cláusula en las hipotecas.

el 11 feb 2011 / 20:29 h.

El Juzgado de lo Mercantil número 11 de Madrid ha aceptado a trámite la mayor demanda colectiva presentada en España contra 45 entidades financieras por la aplicación de las llamadas cláusulas suelo de las hipotecas, según el auto dictado el pasado 4 de febrero. Se acepta así la demanda presentada por la asociación de consumidores Adicae y ha abierto un plazo de dos meses para que todos los perjudicados por este tipo de productos de los bancos y cajas de ahorros se puedan adherir al proceso para "hacer valer sus derechos". La demanda ha sido presentada en nombre de unos 400 clientes de las entidades. Según un informe elaborado por el Banco de España a petición del Senado, en España existen 3,8 millones de personas con este tipo de cláusulas en sus contratos hipotecarios

Admitida a trámite la mayor demanda colectiva contra las cláusulas suelo de las hipotecas. Estas cláusulas impiden que los tipos de interés a pagar por los afectados bajen todo lo que permitirían los índices de referencia de sus hipotecas, Actualmente la figura del suelo hipotecario está regulada en la legislación y no es ilegal. Lo que podría ser denunciable, según las asociaciones de consumidores, es la desproporción entre el suelo y el techo en perjuicio de los clientes.

La juez Miriam Iglesias ha decidido aceptar la demanda presentada por la asociación de consumidores Adicae y ha abierto un plazo de dos meses para que todos los perjudicados por este tipo de productos de los bancos y cajas de ahorros se puedan adherir al proceso para "hacer valer sus derechos". Además, la juez trasladará la demanda al Ministerio Fiscal para que se pronuncie al respecto y ha abierto una pieza separada para decidir si adopta la medida cautelar solicitada por Adicae de paralizar de forma inmediata la inclusión de estas cláusulas en los préstamos hipotecarios hasta el fin del proceso.

Por el momento, la demanda ha sido presentada en nombre de unos 400 clientes de las entidades y en ella se pide la nulidad de estas cláusulas por desproporción manifiesta entre los suelos y los techos de tipos de interés fijados en los contratos hipotecarios. Este tipo de cláusulas consiste en que en las escrituras de algunas hipotecas hay un apartado donde se dice que aunque el Euribor baje el tipo mínimo que se aplicará será del 2%, 3% o incluso el 4,5%.

La cláusula de suelo fija un tope mínimo del porcentaje de intereses a pagar, lo que ha evitado que muchos usuarios se hayan beneficiado de la bajada del Euríbor, principal índice de referencia de en las hipotecas a tipo variable. Este tipo de cláusulas se comercializaron principalmente entre 2007 y 2008. Según un informe elaborado por el Banco de España a petición del Senado, en España existen 3,8 millones de personas con este tipos de cláusulas en sus contratos hipotecarios. Adicae calcula que en 2010, los bancos y cajas ingresaron entre 3.500 y 7.000 millones de euros por estas cláusulas en perjuicio del consumidor.

Los bancos demandados son BBVA, Banco Pastor, Banco Sabadell, Banco Popular, Banco Guipuzcoano, Banco de Galicia, Banco Gallego y Banco Vasconia. Las cajas de ahorros demandadas son La Caixa, Caixa Galicia, Caixa Inmaculada, Caixa d'Estalvis de Girona, Caixa Manresa, Caixa Nova, Caixa Ontinyent, Caixa Penedés, Caixa Rural de Baleares, Caixa Sabadell, Caixa Tarragona, Caja Castilla-La Mancha, Caja Círculo, Caja de Ahorros de Extremadura, Caja de Badajoz, Caja Duero, Caja España, Caja Canarias y Unicaja. A estas se suman Kutxa, Caja Granada, Caja Insular de Ahorros de Canarias, Multicaja, Caja Rural de Asturias, Caja Rural de Cuenca, Caja Rural de Granada, Caja Rural de Navarra, Caja Rural del Sur, Caja Segovia, Caja Sol, Caja Sur, Cajalon, Caja Mar, Caixa d'Estalvis de Catalunya, Tarragona i Manresa, Caixa d'Estalvis Unió de Caixes Manlleu Sabadell i Terrasa, Celeris Servicios Financieros y Credifimo.

En octubre de 2010, el Juzgado de lo Mercantil número 2 de Sevilla dictó la primera sentencia en España que declaró abusivas las cláusulas de suelo de las hipotecas de dos bancos y tres cajas de ahorros, a quienes obligó a eliminarlas y a abstenerse de utilizarlas en los sucesivos contratos. Esta sentencia está recurrida en apelación ante la Audiencia Provincial del Sevilla. El juez concluyó entonces que el abuso reside en el "evidente desfase" que existe entre los suelos y techos de los préstamos hipotecarios, que proporciona un beneficio al banco que carece de "reciprocidad en perjuicio del consumidor".

Hasta ahora, los bancos y cajas (avalados tanto por el Banco de España como por el Gobierno) tan sólo habían aceptado derogar o renegociar tal cláusula a clientes preferentes. El alto organismo bancario español y el Ejecutivo (a pesar de haber sido instado por el Senado en bloque a que suprimiera la "abusiva" cláusula) han defendido en todo momento la legitimidad de dichos puntos en las hipotecas siempre que se haya informado correctamente de ellos en la firma del préstamo.

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