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Alaya abre diligencias contra Oliver por presunta falsedad documental

También se abren contra el notario Arturo Otero por presunto delito de falsedad documental en la compra de las acciones de Oliver a los hermanos Cotán, de Dos Hermanas.

el 15 nov 2010 / 17:16 h.

Luis Oliver tendrá que dar explicaciones a la justicia.
El Betis va fenomenal en la Liga y los béticos son felices, pero todo lo que no está relacionado con la pelota y la clasificación de Segunda es un lío detrás de otro. El último afecta de nuevo a Luis Oliver. La Guardia Civil ya advirtió una posible irregularidad en la adquisición de las acciones que le permitieron entrar en el consejo de administración del club y la jueza Mercedes Alaya quiere aclarar el entuerto. De hecho, ha dictado una providencia que en la práctica supone la apertura de diligencias previas contra el consejero y el notario Arturo Otero por presunta falsedad documental en la compraventa de los títulos, propiedad de los hermanos Agustín y Juan Cotán, ambos de Dos Hermanas y amigos del ex presidente José León, que ofició de intermediario en la operación.

La providencia, del 3 de noviembre, es concisa. "Una vez examinado el informe remitido por la Guardia Civil de fecha 7-10-10 y a la vista del contenido de la conclusión 7ª de dicho informe, donde se pone de manifiesto que fue el propio notario [...] o don Luis Oliver los que indicaron a los señores Cotán en el momento de formalizar la compra-venta de sus acciones la necesidad de hacer constar la existencia de un contrato previo que nunca llegó a formularse, dedúzcase testimonio de los particulares correspondientes de dicho informe de la Guardia Civil e incóense diligencias previas por un presunto delito de falsedad en documento oficial".

En ese punto séptimo de su informe, la Benemérita recuerda cómo León aseguró el 21 de julio que Oliver "no era propietario de ninguna acción" del Betis en esa fecha. En ese caso, el navarro no podría haber entrado en el consejo de administración, ya que la jueza había embargado seis días antes las acciones de Farusa que presuntamente le compró a Manuel Ruiz de Lopera. Oliver, por tanto, sólo podía acceder al órgano rector del club por cooptación, pero para eso necesitaba demostrar que era accionista antes del 16 de julio. La Guardia Civil vio que en la escritura de compraventa "se hacía constar la existencia de un contrato privado fechado el 7 de julio", pero sospechó que no era así e interrogó a los Cotán, que efectivamente declararon que el contacto se gestó el mismo 21 y que Oliver o el notario les señalaron la necesidad de aludir al contrato previo.

"El problema es que el contrato en cuestión no aparece por ningún lado", explica Cayetano García de la Borbolla, presidente de Por Nuestro Betis y uno de los abogados que representan a esta asociación en la causa judicial contra Lopera. En teoría, lo único que debería hacer Oliver es aportar un documento en el que aparezca la fecha del 7 de julio para resolver las dudas de la Guardia Civil y la jueza, pero ahora mismo es sospechoso de falsificar un documento oficial.

Si las diligencias previas derivan en la imputación de un delito a Oliver, la jueza abriría una pieza separada del procedimiento que sigue contra Lopera. Huelga decir que su entrada en el Betis quedaría deslegitimada y que muchos de los acuerdos adoptados por el club desde su llegada podrían carecer de validez legal. La jueza, de momento, no actúa contra el presidente y entonces secretario, Jaime Rodríguez Sacristán, también señalado en el informe de la Guardia Civil por no hacer constar en el Libro de Accionistas del Betis que las acciones de Oliver están pignoradas.

 

LO QUE DICE LA GUARDIA CIVIL. En el informe de la Guardia Civil se dice textualmente lo siguiente sobre la compra de las acciones de los hermanos Cotán por parte de Oliver.

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"La tarde del día 21 de julio de 2010, Luis OLIVER y Ángel VERGARA, adquirieron varias acciones del RBB a varios socios de la entidad. En esta compra-venta concurren las siguientes circunstancias:

- Ese mismo día por la mañana por el Agente informante se comunicó a José LEÓN, Presidente del  RBB, el Auto de 16.07.10 de medidas cautelares. En dicha comunicación se realizan al compareciente una serie de advertencias relacionadas con dicho Auto la responsabilidad en que se podría incurrir en el caso del quebrantamiento de dichas medidas. Igualmente el compareciente declaró que en ese momento Luís OLIVER NO era propietario de ninguna acción de RBB.

Fuera del acto formal de declaración, José LEÓN manifestó que pretendía vender esa misma tarde a Luís OLIVER alguna de sus acciones para que pudiera continuar como Consejero de la entidad, pero que después de la comunicación del Auto no lo iba a hacer. También realizó un llamada telefónica para contactar con una persona de Dos Hermanas interesada en vender sus acciones.

Posteriormente se tuvo acceso a las escrituras de compraventa de las acciones del RBB que Agustín y Juan COTÁN, vendieron a Luís OLIVER y Ángel VERGARA. Tras un examen de las mismas se comprobó como en ellas se hace constar la existencia de un contrato privado de compra-venta fechado el día 7 de julio de 2010. Esta circunstancia, unido al hecho de que en el programa de radio ESTILO BETIS de la emisora RADIO ESTILO, emitido el día 29 de julio de 2010, un familiar de los vendedores manifestó que los mismos habían sido instados urgentemente a vender por parte de José LEÓN y obligados a hacer constar la supuesta existencia de un contrato previo de compra-venta, hizo que se acordase oír en declaración a los vendedores, los cuáles manifestaron:

-          Que la negociación de la compra-venta se gestó el propio día 21 de julio, sin que existiera ningún contrato previo.

-          Que José LEÓN fue la persona que gestionó lo necesario para que la compra-venta se produjese, recogiendo a los vendedores en su casa para trasladarles al notario y sin informarles previamente de quién iba a ser el comprador.

-          Que fue Luis OLIVER o el propio notario, los que les indicaron, en el momento de formalizar la escritura de compra-venta de las acciones, la necesidad de hacer constar la existencia del contrato previo.

Estas circunstancias tienen especial relevancia, no solo por la supuesta falsedad cometida en el acto notarial al hacer constar en el mismo, hechos que realmente no habían sucedido, sino por el hecho de que el nombramiento de Luís OLIVER como Consejero por cooptación lo fue como consecuencia de su condición de propietario de determinadas acciones cuya compra-venta fue suspendida. Sin embargo, actualmente desempeña el cargo de Consejero por cooptación por su condición de propietario de otras acciones diferentes adquiridas con posterioridad a la comunicación, tanto a BITTON SPORT como al RBB, del contenido del Auto de suspensión.

Y para que así conste se extiende el presente informe en Madrid, a 7 de octubre  de 2010".

 

 

 

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