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Garzón pide al Supremo que decida a quién compete la causa de Lorca

El juez Baltasar Garzón ha presentado ante el Tribunal Supremo una cuestión de competencia para que decida qué órgano judicial debe asumir la causa de las exhumaciones de la fosa donde supuestamente yacen los restos de Lorca, después de que el Juzgado de Instrucción 3 de Granada rechazara la causa.

el 16 sep 2009 / 04:59 h.

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El juez Baltasar Garzón ha presentado ante el Tribunal Supremo una cuestión de competencia para que decida qué órgano judicial debe asumir la causa de las exhumaciones de la fosa donde supuestamente yacen los restos de Lorca, después de que el Juzgado de Instrucción 3 de Granada rechazara la causa.

El juez de la Audiencia Nacional se inhibió en noviembre del año pasado en favor de los juzgados territoriales para que investigaran las desapariciones en la Guerra Civil y el franquismo, si bien en el caso de la fosa de Lorca, cuya exhumación reclama la nieta del maestro Dióscoro Galindo, supuestamente fusilado y enterrado junto al poeta, el juzgado de Instrucción 3 de Granada rechazó hacerse cargo.

La Fiscalía presentó ante la Audiencia de Granada un recurso de queja para revocar la decisión del juzgado pero fue rechazado. Por ello, Garzón ahora pide al Supremo que dirima quién debe asumir la causa.

El pasado 29 de mayo la magistrada Aurora María Fernández García rechazó asumir la causa pese a que el informe -no vinculante- del fiscal consideraba que el juzgado granadino sí era el competente para asumir la instrucción de esta causa en lo relativo a los hechos ocurridos en las localidades de Víznar y Alfacar, donde supuestamente se ubica la fosa con los restos del poeta. La jueza argumentó que lo ocurrido durante el alzamiento militar de 1936-1939 y años posteriores debe considerarse como crímenes "contra la humanidad" y que las desapariciones forzadas no acaecen "de una manera aislada" en cada partido judicial. En cambio, el fiscal entiende que los delitos de detención ilegal sin dar razón del paradero competen a los órganos judiciales territoriales de los lugares en los que se hayan cometido.

Por su parte, la Audiencia de Granada rechazó la petición de la Fiscalía porque entiende que el recurso de queja está reservado para las resoluciones de no admisión a trámite de un recurso de apelación en cualquier clase de procedimientos, o para los autos apelables en cualquier proceso que sea distinto del abreviado.

El auto que rechaza la inhibición "está dictado en el curso de un procedimiento abreviado", por lo que contra él cabría, según la Audiencia granadina, un recurso de apelación pero no de queja. Además, si se admitiera "a efectos teóricos que ese auto sea recurrible", la Audiencia Provincial razona que no se puede solicitar que sea este órgano el que decida qué juzgado es el competente, "pues ello sólo puede hacerlo el superior jerárquico común a ambos".

Según informaron fuentes del Tribunal Supremo, la cuestión de competencia quedó registrada el pasado 26 de junio y ahora la sala de lo penal será la encargada de tramitar la petición, para lo que fijará una fecha para la deliberación y tras ello dictará un auto en el que acuerde qué órgano judicial es el competente para investigar los hechos.

Los vaivenes judiciales de un caso como el de la fosa de Lorca son, a juicio de las asociaciones de memoria histórica, un ejemplo del laberinto jurídico de la ley española. Hasta 47 asociaciones han suscrito una petición para su reforma porque vulnera la legislación europea en materia de derechos humanos.

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