Tribunales

Rechazada la recusación de García-Castellón en Tsunami Democràtic presentada por la mano derecha de Puigdemont

Se trata de la tercera recusación interpuesta en la causa que ha sido rechazada

Ángeles Vázquez

La Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional ha rechazado el intento de apartar al juez Manuel García-Castellón de Tsunami Democràtic interpuesto por Josep Lluís Alay, jefe de la oficina en Bruselas del expresidente catalán Carles Puigdemont, por faltarle la firma de un procurador. Se trata de la tercera recusación interpuesta en la causa que ha sido rechazada, informaron fuentes jurídicas.

Alay siguió la estela del empresario Oriol Soler y del experto en ciberseguridad Oleguer Serra e interpuso un incidente de recusación contra el titular del Juzgado Central de Instrucción número 6 por haberse pronunciado sobre la amnistía en una universidad. En su caso, la acusación que ejerce Dignidad y Justicia pidió que fuera rechazada y que se impusiera a su abogado, Gonzalo Boye, una multa por mala fe procesal, al entender que el incidente se había presentado a todas luces fuera de plazo.

En una providencia, la magistrada de lo Penal de la Audiencia Nacional Carolina Rius procede a archivar provisionalmente el incidente de recusación por no contar con la firma del procurador, requisito imprescindible, según el artículo 57 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal, para que el incidente tenga alguna posibilidad de prosperar. Ese artículo dice textualmente: “La recusación se hará en escrito firmado por letrado, por procurador y por el recusante si supiere firmar y estuviere en el lugar de la causa. El último deberá ratificarse ante el juez o tribunal. Cuando el recusante no estuviese presente, firmarán sólo el letrado y el procurador. En todo caso se expresará en el escrito concreta y claramente la causa de la recusación”.

"La primera de muchas"

Mientras se resolvían todos los incidentes de recusación, la causa pasó a manos de la jueza María Tardón, sustituta natural de García-Castellón. Las dos recusaciones rechazadas de plano en un principio, la de Oriol Soler y la de Oleguer Serra, se basaban en las manifestaciones que realizó el magistrado en relación con la amnistía del 'procés', que no dudó en calificar de inconstitucional. Todas ellas se basaban en que en una conferencia el magistrado afirmó que en "la Constitución tampoco está prohibida la esclavitud y, sin embargo, no es posible".

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Sobre los líderes del 'procés', añadió: "¿Estos señores han dicho si en cuanto puedan van a volver a repetirlo? Por lo tanto, ¿será esta amnistía la primera de muchas otras después?". Unas palabras que, según las defensas, apuntaban a que el magistrado tiene un "interés directo o indirecto en la causa" que investiga por un delito de terrorismo, acusación de la que discrepa el ministerio público y que ha recurrido ante la Sala de lo Penal.

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