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La Audiencia Nacional confirma el archivo de Drago Capital, la causa en la que se investigaba a Oleguer Pujol

La Sala de Apelación ha rechazado los recursos de Anticorrupción, la Abogacía del Estado y la acusación y considera que el auto que decretaba el sobreseimiento está suficientemente motivado

Ángeles Vázquez, Tono Calleja Flórez

La Sala de Apelación de la Audiencia Nacional ha rechazado los recursos de la Fiscalía Anticorrupción, la Abogacía del Estado y la acusación que ejerce Grand Tibidabo y ha confirmado la decisión del juez Santiago Pedraz de archivar provisionalmente la causa abierta por delito fiscal y blanqueo de capitales a través de inversiones realizadas con la empresa Drago Capital, en la que se investigaba en exclusiva a Oleguer Pujol Ferrusolahijo menor del expresidente de la Generalitat de Cataluña Jordi Pujol.

La sala declara que el auto del titular del Juzgado Central de Instrucción número 5 en el que decreta el sobreseimiento, porque de lo instruido "no resulta debidamente justificada la perpetración de delito alguno", tiene "una fundamentación escueta, que se limita a poner de manifiesto la ausencia de indicios de delito", pero está suficientemente motivado, sobre todo si se tiene en cuenta que se remite la resolución que resolvió un recurso anterior detalla "los motivos que llevan al juzgado a acordar" el archivo.

La resolución dictada en apelación "deja al margen la valoración de la posible entidad delictiva de la inversión por Oleguer Pujol Ferrusola de 174.195 euros en Drago Capital, por ser objeto de investigación tal hecho en la pieza principal del procedimiento", la relativa al caso Pujol en el que están imputados su padre, el expresidente catalán y todos sus hermanos. Anticorrupción pide para él ocho años de cárcel por un delito de blanqueo de capitales y otro de asociación ilícita. Es la misma pena que se solicita para cada uno de sus hermanos, salvo Jordi y Josep. El primero se enfrenta a una petición de 29 años de cárcel, por haber sido el encargado de gestionar el patrimonio familiar, y el segundo de 14. Para el 'expresident' la petición fiscal es de nueve años de cárcel.

El auto recurrido "descarta la ilicitud de las inversiones efectuadas por terceros" en Drago Capital, como sostenían las que significaron el archivo de otros imputados en la misma causa, como el exsocio de Oleguer Pujol, Luis Iglesias, o el empresario Javier de la Rosa. De esta forma el instructor descarta "la ilicitud penal de la compraventa" de decenas de oficinas del Banco Santander y de las estructuras societarias radicadas en terceros países para el cobro de comisiones", con contratos cruzados y acuerdos verbales entre distintas sociedades (Sun Capital Partners, ARD Choille e Aegle International), así como el delito contra la hacienda pública, que también se imputaba al benjamín de los Pujol, "por la regularización de la situación tributaria realizada, antes de adquirir la condición de investigado".

Confirmar indicios

Para la Sala, los recurrentes pretenden la revocación del archivo, pero en sus escritos "no hacen referencia a ningún indicio, que haya podido obtenerse durante la tramitación de la pieza separada", en la que solo quedaba imputado Oleguer Pujol. Añade que "no pueden valorarse como tales las circunstancias tomadas en consideración para la apertura de la pieza", en julio de 2020, basada "en las sospechas de posibles infracciones delictivas que esas circunstancias (esencialmente el origen de los fondos invertidos por Oleguer Pujol Ferrusola en Drago Capital, al provenir de una cuenta bancaria en la entidad Andbank, que tenía en común con sus hermanos)". Para que "el procedimiento pueda continuar son precisos verdaderos indicios, desconocidos en el momento de abrir la pieza, cuyo objeto no era otro que el determinar si existían", señala el tribunal.

La Audiencia Nacional descarta que se vayan a descubrir indicios delictivos, mediante la práctica de nuevas diligencias, porque la fase de instrucción se dio por concluida por el Juzgado Central de Instrucción número 5 el 29 de julio de 2021, en una resolución que ya es firme. Añade que ese sobreseimiento es independientes del informe de la Agencia Tributaria, aún pendiente, que se solicitó antes de concluir la instrucción.

"La seguridad jurídica de los investigados en la pieza, teniendo en cuenta los más de dos años transcurridos desde el cierre de dicha fase procesal, sin que el mencionado informe haya sido emitido, o no se haya practicado cualquier otra diligencia acordada, justifica sobradamente la decisión de sobreseer provisionalmente, sin perjuicio de que, como señala el auto de 16 de agosto de 2023, confirmatorio del sobreseimiento, este pueda alzarse si tal informe o cualquier otra diligencia acordada durante la instrucción se aportan y de ellos se desprenden indicios de alguna actividad delictiva", puntualiza la resolución.

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