Información privilegiada

Image
29 nov 2017 / 20:00 h - Actualizado: 30 nov 2017 / 08:52 h.
"Bolsa"

TAGS:

Podemos hallarnos ante la comisión de un delito cuando un alto cargo o un empleado de una empresa cotizada en Bolsa, con conocimiento previo de los movimientos y estado financiero de la misma, negocia acciones de dicha empresa obteniendo un beneficio que no habría obtenido de no tener dicha información. Este uso de información privilegiada suele estar castigada penal o administrativamente, en todas las legislaciones de los países de nuestro entorno, con penas de multa y/o privación de libertad.

Se considera que existe información privilegiada cuando esta se refiere a un valor concreto, no es pública y, si hubiera sido conocida por el público, probablemente tendría un efecto significativo sobre el precio del concreto valor cotizado a que se refiera.

La persona que posee dicha información privilegiada puede haberla obtenido por ser directivo o empleado de la empresa que emitió los títulos cotizados; por tener acceso a la información debido a su empleo, aunque sea externo a dicha empresa –por ejemplo, los auditores de la empresa– o por haber obtenido dicha información de manera indirecta –amigos o familiares de los directivos, empleados y auditores de la empresa–.

Los títulos cotizados cubiertos por las normas legales existentes contra el abuso de información privilegiada son básicamente las acciones cotizadas en bolsa, los bonos, tanto los emitidos por una empresa como por organismos del sector público, los certificados de depósito, los futuros financieros para la adquisición de títulos, las opciones financieras para la adquisición de títulos y los CFDs o contratos por diferencias cuyo subyacente sean acciones, índices sobre acciones y tipos de interés.

Ello no obstante, hay que tener en cuenta que no están cubiertas por la legislación contra la información privilegiada las conmodities o materias primas, ni los futuros u opciones sobre estos, ni las participaciones en fondos de inversión.