«Tienes que follar más, que estás muy flaca»

La sentencia que condena a Santiago Romero por abusos sexuales y lesiones considera probados varios tocamientos y un continuado maltrato psicológico que incluía expresiones denigrantes

10 ene 2017 / 21:16 h - Actualizado: 10 ene 2017 / 21:35 h.
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  • La Real Fábrica de Tabacos, sede del Rectorado de la Universidad de Sevilla. / El Correo
    La Real Fábrica de Tabacos, sede del Rectorado de la Universidad de Sevilla. / El Correo

La sentencia que condena a Santiago Romero, catedrático de la Universidad de Sevilla, por tres delitos continuados de abusos sexuales y un delito de lesiones psicológicas, considera probados hechos que desvelan el durísimo ambiente que las víctimas, tres mujeres jóvenes que formaban parte del mismo departamento que dirigía el condenado, vivían a diario.

Lo demuestran varios ejemplos, reproducidos textualmente de la sentencia, con la única omisión de los nombres de las víctimas:

«El Sr. Romero Granados le decía en ocasiones a la Sra. (...) que ‘tenía que follar más, que estaba muy flaca».

«En una ocasión, encontrándose el Sr. Romero Granados (acompañado) de una persona cuya identidad no consta, se acercó a la Sra. (...) agarrándola al tiempo que le decía a su acompañante ‘¿has visto lo buenas que están las profesoras de mi Facultad?’ y le cogía un pecho».

Y un tercer ejemplo, de los muchos que, conviene insistir, se consideran probados: «En una fecha no concretada de ese mismo mes de febrero de 2007 se encontraron en una escalera el acusado y la Sra. (...), él le dio alcance y le preguntó qué le pasaba, se puso delante y le dijo que le ha salido un bulto, separó las piernas y le dijo ‘aquí en los huevos, tócalo, tócalo’ rechazando ella hacerlo».

Además, la sentencia relata situaciones que las tres víctimas vivieron en el despacho del acusado en las que Santiago Romero realizó tocamientos en los pechos, los muslos e incluso los genitales de una de ellas, además de besarlas en la boca y propinarle a una de ellas un lametón. Otra de ellas tuvo que soportar también que el catedrático la cogiera «por la cintura» y pegara «sus genitales a los glúteos de la Sra (...)».

El mero hecho de que las tres mujeres, jóvenes que comenzaban a labrarse un futuro en la Universidad de Sevilla, se atrevieran a denunciar adquiere un enorme valor por la posición de superioridad jerárquica en la que se encontraba el condenado. Tal como lo expresa la sentencia: «Al menos desde el año 2006, y en relación siquiera a las aquí denunciantes, el acusado vino realizando ostentación de su poder académico desde un primer momento, dejando claro a las mismas que él era quien mandaba en el Departamento de Educación Física de la Facultad de Ciencias de la Educación, que fuese o no el director del Departamento y formase o no parte de las comisiones era él quien tomaba las decisiones relevantes en cuanto a docencia, investigación, contratación etc., de modo que habían de seguirse sus indicaciones tales como la de nombrarle director de las tesis doctorales, hacer constar su participación en las publicaciones que cada profesora realizara o participar en las votaciones internas del Consejo de Departamento o de las diferentes comisiones conforme a sus deseos, criterios u opiniones viniendo a transmitir que aquellos que no accedían a sus pretensiones podían tener problemas para mantener sus plazas».

Santiago Romero Granados ha resultado condenado a siete años de prisión por tres delitos continuados de abusos sexuales y un delito de lesiones psicológicas: dos años de cárcel por cada uno de los tres delitos de abusos sexuales cometidos sobre las víctimas y un año de prisión por el delito de lesiones. El Juzgado ha condenado al catedrático a pagar una indemnización total de 110.000 euros a las tres víctimas y ha declarado responsable civil subsidiaria a la Universidad de Sevilla.

La Hispalense, por su parte, ha suspendido «de toda actividad académica» a Santiago Romero con carácter inmediato, encontrándose entre las medidas cautelares la prohibición de acceder a la Facultad de Ciencias de la Educación. Además, ha reabierto el procedimiento sancionador contra el condenado «paralizado como consecuencia de la instrucción del procedimiento penal».