Un filón sin alarmas para el medio ambiente

22 ene 2017 / 15:21 h - Actualizado: 23 ene 2017 / 13:49 h.
"Economía","Minería","El futuro de la minería"
  • Operarios trabajan en la reforestación del entorno del Corredor Verde del río Guadiamar después del accidente de la balsa de la mina de Aznalcóllar. / Miguel Mesa
    Operarios trabajan en la reforestación del entorno del Corredor Verde del río Guadiamar después del accidente de la balsa de la mina de Aznalcóllar. / Miguel Mesa
  • Parque de Medidas Medioambientales de Aznalcóllar. / David Estrada
    Parque de Medidas Medioambientales de Aznalcóllar. / David Estrada
  • Panorámica de la mina de Riotinto. / El Correo
    Panorámica de la mina de Riotinto. / El Correo
  • Planta de la mina de Cobre Las Cruces. / El Correo
    Planta de la mina de Cobre Las Cruces. / El Correo

La Estrategia Minera Andalucía 2020 que rige la actividad en la comunidad se sometió a los preceptivos informes para su adecuación a las normativas y planificaciones medioambientales y de ordenación del territorio. Hay un antes y después en la relación entre la minería y la protección del entorno a partir del desgraciado accidente de Aznalcóllar. A raíz de la rotura de la balsa, los mecanismos de control ambientales sobre los vertidos y el agua son muchísimo más exigentes. «La minería es con diferencia la actividad más intervenida en la actualidad. Además existen herramientas muy poderosas para que la administración pueda controlar las explotaciones», sostienen desde el Gobierno andaluz. Las explotaciones mineras activas en Andalucía ascienden actualmente a 571, con 4.700 empleos directos y 36.000 indirectos. Por tipos de material, 399 son de áridos, 50 de rocas ornamentales (principalmente mármol y caliza) y otras 92 se dedican a roca mineral. El sector representa el 1,46 por ciento del Producto Interior Bruto andaluz y se prevé la creación de 3.500 nuevos empleos.

En un análisis del Medio Ambiente andaluz previo a las elecciones autonómicas de 2015, la organización ecologista Greenpeace denunció la puesta en marcha de concursos públicos para la adjudicación de explotaciones «sin informes ambientales completos e independientes y sin la participación pública en la toma de decisiones». Desde la organización hoy aún se sostiene que «algunas concesiones han contravenido la Directiva Hábitats, la ley de Patrimonio Natural y la legislación europea y española en materia de Evaluación Ambiental Estratégica». Ante esta situación, Greenpeace «exige una gestión minera que cumpla con todas las medidas medioambientales, garantizando cero impacto ambiental».

Antes de la aprobación de cualquier proyecto, la empresa que aspira a la concesión está obligada a presentar un plan de restauración presupuestado y además hacer un ingreso de esa cantidad como aval. Los procedimientos han cambiado después de Aznalcóllar. En cuanto a medidas de seguridad y prevención concretas se ha modificado la forma en la que se acumulaban los lodos, que hasta el accidente se hacían en una bolsa de agua.

En los últimos tiempos lo que se hace es retirar la balsa y a los residuos se le añaden una serie de aditivos que hace que los lodos se transformen en algo parecido al cemento. Se convierten, entonces, en balsas de lodo seco que cuentan con mucha menos peligrosidad en su deslizamiento. En el proceso de reapertura de la mina sevillana, la Junta obligó a las empresas concursantes a que el diseño del complejo no podía incluir la construcción de un depósito de lodos, ni la acumulación de residuos líquidos tóxicos que pudieran producir un vertido contaminante. Además debía garantizarse que las actuaciones «no afectarán a los espacios naturales protegidos», en particular al Paisaje Protegido Corredor Verde del Guadiamar; y que debían hacerse cargo de la restauración de la zona tras finalizar su actividad. También se comprometían a asumir el pasivo ambiental que hasta ahora estaba bajo la responsabilidad de la Junta (el mantenimiento y control de las cortas, de una escombrera o de la planta depuradora de aguas, entre otras instalaciones).

El desarrollo de la actividad minera se encuentra condicionado por una serie de limitaciones que, desde la planificación o legislación territorial y ambiental, se disponen para la preservación de determinados espacios de interés ambiental y territorial en la Comunidad Autónoma. Se consideran las siguientes regulaciones aplicables a la actividad minero extractiva, bien de acuerdo con el estatus jurídico–administrativo que deriva de la catalogación de los diferentes espacios o ámbitos territoriales, bien de la normativa de régimen jurídico vigente derivada de planes sectoriales o bien por su valor ecológico, conforme a la presencia de especies de flora y fauna catalogadas. Los únicos instrumentos de planificación que prohiben expresamente la actividad minera en zonas de su ámbito de influencia son los Planes de Ordenación de Recursos Naturales, los Planes de Ordenación del Territorio de Ámbito Subregional y los Planes Especiales de Protección del Medio Físico.

La Junta, en su estrategia minera, pretende impulsar el conocimiento en materia de ahorro y eficiencia energética y la incorporación de energías renovables en las empresas mineras, para ello se organizan jornadas técnicas con empresas especializadas que permitan adecuar la oferta a la naturaleza del sector. Con esta acción se persigue la protección y preservación del patrimonio natural y la biodiversidad, recuperando terrenos degradados por la actividad industrial y minera.

La Autorización Ambiental Unificada (AAU), prevista en la Ley de Gestión Integrada de la Calidad Ambiental de Andalucía se caracteriza por simplificar en un permiso único los distintos procedimientos administrativos de prevención y control ambiental que actualmente se exigen para determinados proyectos y actividades económicas. En la AAU se incluyen sólo las autorizaciones que tienen carácter ambiental, como son las afecciones que se produzcan al agua, aire, suelos, flora o fauna. La autorización ambiental emitida por la Consejería de Medio Ambiente para el proyecto de Riotinto, por ejemplo, incluía más de trescientas condiciones de carácter ambiental obligatorias para el promotor. Establece la obligación de restaurar todas las escombreras incluidas en el ámbito de la concesión minera. Esta remodelación debe realizarse a la vez que se desarrolla la explotación minera y no al final de la misma. Con esta medida se pretende garantizar que una vez rehabilitadas, se minimice la producción de aguas ácidas como consecuencia de la lluvia y se proceda a una total integración en el paisaje.

Respecto al complejo minero Cobre Las Cruces, en 2002 se emitió la Declaración de Impacto Ambiental (DIA) para todo el complejo —integrado básicamente por la mina y sus instalaciones y por la planta hidrometalúrgica—, incluyendo también el sistema de Drenaje y Reinyección al Acuífero Nieblas-Posadas.

Además, en 2005 se concedió la Autorización Ambiental Integrada a la planta hidrometalúrgica e instalaciones asociadas, entrando dentro del alcance de ésta la instalación de almacenamiento de residuos mineros de la Planta de Tratamiento y sus balsas, así como las autorizaciones de vertido al Dominio Público Hidráulico y Dominio Público Marítimo Terrestre. Los impactos ambientales derivados del funcionamiento de la misma son controlados en un primer momento por la propia empresa y vigilados por la Confederación Hidrográfica del Guadalquivir y la Junta de Andalucía, cada una dentro de sus competencias