Báñez conocía el informe para no asistir desde marzo

El dictamen, de 18 páginas, concluía que la ministra «no estará obligada» a atender al requerimiento del Parlamento andaluz. Este informe le fue remitido el 21 de marzo

16 may 2016 / 22:11 h - Actualizado: 16 may 2016 / 22:16 h.
"Parlamento de Andalucía","Fraude formación","Fátima Báñez"
  • La ministra en funciones de Empleo, Fátima Báñez, en una imagen de archivo. / EFE
    La ministra en funciones de Empleo, Fátima Báñez, en una imagen de archivo. / EFE

El pasado enero, cuando su nombre entró en la lista de comparecientes para la comisión que investiga las ayudas a la formación, la ministra de Empleo en funciones, Fátima Báñez, pidió al Consejo de Estado un informe para saber si estaba obligada a asistir. El dictamen, de 18 páginas, concluía que la ministra «no estará obligada» a atender al requerimiento del Parlamento andaluz. Este informe le fue remitido el 21 de marzo –justo un mes antes de que la comisión pusiera fecha a su comparecencia (ayer a las 18.00 horas)–, sin embargo, el Ejecutivo central no lo hizo público hasta el domingo por la tarde, 24 horas antes de su citación. Desde la Delegación del Gobierno en Andalucía argumentan que la decisión de no revelar el informe hasta el último minuto se debe a que cuando se confirmó el nombre de Báñez en la lista de comparecientes, tras las elecciones del 20D, hay una negociación pilotada por el PSOE para formar un gobierno alternativo al del PP, y Báñez «no sabe entonces si el día en que ha sido citada ante la comisión seguirá siendo ministra o no». El dictamen del Consejo defiende que «los parlamentos autonómicos carecen de competencias de control político sobre el Gobierno», y «circunscribe la responsabilidad por una eventual incomparecencia a las autoridades de la Junta». Añade que la ministra, cuando se elabora el informe, «no ha recibido requerimiento alguno de comparecencia», destaca que la comisión cita a Báñez, pero no a sus antecesores pese a que la investigación abarca 14 años, y concluye que Báñez puede desestimar el «requerimiento», no la «solicitud» de información, que podría haber aportado sin necesidad de asistir a la misma.