Economía

Cajasol logra la legitimidad del uso de la marca 'Cajasol' ante Unicaja

La entidad malagueña ha recurrido ante el Supremo la sentencia de la Audiencia de Granada.

el 23 jul 2011 / 19:38 h.

La caja de ahorros Cajasol, integrada en Banca Cívica, ha anunciado este sábado que la Audiencia Provincial de Granada,  mediante una sentencia dictada el 30 de junio de 2011, ha revocado un  fallo previo del Juzgado Mercantil granadino y ha declarado  "caducada" la marca comercial Caja del Sol, propiedad de la caja de  ahorros Unicaja y utilizada por esta última para oponerse a una  veintena de marcas de Cajasol y para acusar de "competencia desleal"  a esta entidad miembro de Banca Cívica.

La sentencia condena a  Unicaja al pago de las costas y Cajasol destaca que ha ganado en los  tribunales la "legitimidad" de su sello comercial. Tras la fusión de la Caja de Ahorros Provincial San Fernando de  Sevilla y Jerez y el Monte de Piedad y la Caja de Ahorros de Huelva y  Sevilla, la nueva caja resultante adoptó el nombre de 'Cajasol'. Por  medio de su agencia de publicidad, procedió al registro de dicho  nombre comercial en la Oficina Española de Patentes y Marcas.

La  lógica pretensión de Cajasol de registrar dicho nombre como marca en  España y la Unión Europea, según señala Cajasol en un comunicado, se  encontró con la "frontal oposición" de Unicaja, que basada en una  marca anterior de su propiedad, denominada Caja del Sol, presentó  oposición contra una veintena de marcas españolas y comunitarias  presentadas por Cajasol.

CAJASOL RECLAMA LA CADUCIDAD DE LA MARCA CAJA DEL SOL

Todos los intentos de negociación, según recuerda Cajasol,  fracasaron "ante la insistencia" de Unicaja para que Cajasol  renunciara a la marca del mismo nombre, por la que "ya era  ampliamente conocida en todo el mercado español e internacional".  Como "único remedio" para intentar asegurar el registro de sus  marcas, Cajasol se vio abocada a instar la caducidad por falta de uso  de la marca Caja del Sol. Y es que de acuerdo con la Ley de Marcas,  si en el plazo de cinco años contados desde la fecha de publicación  de su concesión, una marca no hubiese sido objeto de uso efectivo y  real para los productos o servicios para los cuales esté registrada,  la misma estará incursa en causa de caducidad por falta de uso.

Cajasol, así, argumentó que la marca de Unicaja, que había servido  de base para sus oposiciones a las marcas de Cajasol, no había sido  usada en la forma requerida legalmente. Unicaja presentó, a su vez,  una demanda de reconvención contra Cajasol, alegando "competencia  desleal" por el uso de la marca Cajasol y violación de su marca Caja  del Sol, instando la nulidad del nombre comercial Cajasol y otros  registros de marca posteriores que contenían el término Cajasol.

FALLO INICIAL Y REVOCACION A MANOS DE LA AUDIENCIA  

En Primera Instancia, el Juzgado Mercantil de Granada desestimó la  demanda de caducidad instada por Cajasol, estimando por el contrario  la acción de nulidad promovida por Unicaja. Cajasol, no obstante,  recurrió la sentencia ante la Audiencia Provincial de Granada, que  ahora le ha dado la razón. La Audiencia, por una sentencia dada a  conocer hace una semana, ha dictaminado según informa Cajasol que la  marca de Unicaja 'Caja del Sol' no ha sido usada de la forma exigida  por la Ley, por lo que ha procedido a "caducarla". De acuerdo con la  sentencia dictada el 30 de junio de 2011, la Audiencia califica el  uso hecho por Unicaja de su marca ahora caducada Caja del Sol,  durante los cinco años anteriores a la presentación de la demanda,  como "cualitativamente insuficiente" e incluso "tangencial" y  "marginal".  

En consecuencia, la Audiencia Provincial de Granada estima  íntegramente la demanda de Cajasol y revoca la sentencia previa del  Juzgado Mercantil. La marca 'Caja del Sol' de Unicaja, así, "se  declara caducada, desestimándose las pretensiones de Unicaja respecto  de los pretendidos actos de competencia desleal de Cajasol, así como  respecto de la nulidad del nombre comercial y las marcas de Cajasol,  cuya validez queda ratificada". La Audiencia ha condenado, asimismo,  a Unicaja, al pago de las costas devengadas en primera instancia. 

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