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El Betis ya no está en concurso

el 13 jun 2012 / 13:47 h.

Los tres administradores concursales del Betis.
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El juez de lo Mercantil de Sevilla emitió ayer una sentencia en la que aprueba el convenio de acreedores del Real Betis. El juez Eduardo Gómez toma así la decisión que tanto esperaba el Betis, la que aprueba el convenio de acreedores del club verdiblanco, que en consecuencia dejará de estar bajo la administración de este juzgado. Lo cual no tiene nada que ver con José Antonio Bosch, que continuará  ejerciendo de administrador judicial de las acciones de Farusa (51,34% del capital social del Betis) porque su cargo depende de otro juzgado, el de Instrucción número 6. Es decir, de Mercedes Alaya. En otras palabras, la entidad de Heliópolis deja de estar intervenida concursalmente pero no judicialmente. Es en todo caso un paso importantísimo para el Betis, cuya gestión vuelve a estar única y exclusivamente en manos de su consejo de administración, sin la continua supervisión de los tres administradores concursales (Antonio Jesús González, Francisco Tato y Gerardo Narbona).

La sentencia, que lleva fecha de ayer, se produce al haber transcurrido el plazo legal de diez días sin que ningún acreedor presentase alegaciones contra el convenio propuesto por el club y aprobado por sus acreedores el pasado 23 de mayo. En el caso de que nadie apele en el plazo de otros cinco días contra esta resolución, el acuerdo será efectivo y el Betis dejará de estar bajo esa administración judicial. El juez considera que "ningún obstáculo se puede oponer al convenio", así que la sentencia pone fin al concurso voluntario de acreedores y también implica el cese de los administradores que nombró el juez Gómez.

En todo caso, los tres concursales "conservarán plena legitimación para continuar los incidentes en curso, pudiendo solicitar la ejecución de las sentencias y autos que se dicten en ellos, hasta que sean firmes, así como para actuar en la sección sexta hasta que recaiga sentencia firme". Esa sección sexta alude a la calificación del concurso, la última de las tareas encomendadas a los administradores. Si esa calificación es de concurso fortuito, no habrá ninguna consecuencia; si es calificado como culpable, significa que los antiguos gestores incurrieron en alguna irresponsabilidad en la dirección del club y que por tanto son objeto de castigo. La pena va desde la inhabilitación para ejercer cualquier cargo en una sociedad mercantil al pago de la deuda recogida en el concurso. Además, los tres administradores tienen diez días para presentar la rendición de cuentas de su actuación desde que fueron designados para el cargo, a principios de 2011.

El juez, además, exige al Betis que informe semestralmente al juzgado sobre el cumplimiento del convenio. Es decir, que las cuentas del club estarán sujetas a la aprobación del magistrado cada seis meses. También serán supervisadas por una comisión de seguimiento tripartita en la que estarán representados el Betis y sus dos principales acreedores en lo que a la deuda ordinaria se refiere: la Asociación de Futbolistas Españoles (AFE) y la Liga de Fútbol Profesional (LFP).

A partir de ahora, por tanto, comienzan a regir las condiciones del convenio propuesto por el club y aprobado por sus acreedores el 23 de mayo. A grandes rasgos, la deuda ordinaria queda reducida a la mitad (unos 24 millones de euros) y el Betis la irá abonando a lo largo de los ocho próximos años, diez en el caso de que estuviera en Segunda División un máximo de dos temporadas. Eso supondrá la desviación de unos 3 o 4 millones de cada presupuesto anual para satisfacer esa parte de los créditos. La otra parte, la deuda privilegiada, será abonada íntegra e inmediatamente al Ayuntamiento y a otros acreedores con los que no hubo acuerdo y en seis o siete años a Hacienda, que es el acreedor mayoritario (30 millones sólo de créditos privilegiados). En total, el Betis destinará unos 7 millones al año al cumplimiento del convenio.

Desde este momento, además, cualquier traspaso que efectúe el Betis estará sujeto a determinadas condiciones incluidas en el convenio. El 25% de cualquier venta en neto, por ejemplo, será para los acreedores. Y el 15% del bruto, siempre que suponga un superávit respecto a lo que costó el futbolista, será para Hacienda.

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