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El Supremo confirma la condena a Tony King por el caso Wanninkhof

El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de diecinueve años de cárcel impuesta al británico Tony Alexander King por el asesinato de la joven de Mijas (Málaga) Rocío Wanninkhof, quien murió tras recibir nueve puñaladas el 9 de octubre de 1999.

el 14 sep 2009 / 22:01 h.

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El Tribunal Supremo (TS) ha confirmado la condena de diecinueve años de cárcel impuesta al británico Tony Alexander King por el asesinato de la joven de Mijas (Málaga) Rocío Wanninkhof, quien murió tras recibir nueve puñaladas el 9 de octubre de 1999.

Así lo ha acordado la sala de lo penal del Alto Tribunal en una sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, en la que desestima el recurso que King interpuso contra la dictada por el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que confirmó la condena a diecinueve años que le había impuesto en diciembre de 2006 la Audiencia de Málaga tras el veredicto de culpabilidad de un jurado.

El TSJA estableció el pasado mes de abril que el veredicto de culpabilidad del jurado estaba "suficientemente motivado", al existir "una carga incriminatoria tan nítida y tan fácilmente identificable" que no cabe duda de cuáles fueron las razones por las que se llegó a la conclusión de que los hechos sucedieron tal y como se narraron en la sentencia.

Según el TSJA, la "trascendencia" de la declaración de King durante la instrucción, en la que confesó ser autor directo del crimen, viene corroborada por hechos o indicios "de gran relevancia" como los restos biológicos del acusado en el lugar del crimen, el conocimiento exacto de los lugares donde se perpetraron o el paralelismo de los hechos con otros por los ya que había sido condenado.

El 13 de diciembre de 2006 King fue declarado culpable del asesinato de Rocío Wanninkhof, quien recibió nueve puñaladas, ocho de ellas en la espalda, que le causaron la muerte.

El británico fue condenado en el segundo juicio por este caso, después de que la primera sentencia se declarara nula por falta de motivación del veredicto, que consideró culpable a Dolores Vázquez, exculpada después tras pasar diecisiete meses en prisión.

La sentencia de la Audiencia de Málaga recordaba en los fundamentos de derecho la tesis del jurado de que el acusado "no actuó solo, sino en compañía al menos de dos personas, a pesar de que le atribuye la autoría fundamental del crimen".

Al respecto el TS indica que "con independencia de la presencia o participación de otras personas se describe (en el objeto del veredicto considerado probado por el jurado por mayoría de 7-2) una actuación del acusado de autoría en sentido estricto del artículo 28 del Código Penal, al señalarse al mismo como la persona que asestó a Rocío las puñaladas que ocasionaron su muerte".

El condenado también alegó ante el Supremo que uno de los miembros del tribunal del jurado no debió formar parte del mismo al haber reconocido a preguntas de la defensa su prejuicio sobre la culpabilidad del acusado, lo que no estima el TS.

La sentencia del Alto Tribunal, de la que ha sido ponente el magistrado Juan Ramón Berdugo, añade que "la existencia de una cierta presión social, más o menos intensa, que puede acompañar a numerosos crímenes a causa de sus especiales y a veces morbosas características, no puede entenderse que constituye, en todo caso y sin más aditamentos, un impedimento para la emisión de un veredicto imparcial por parte de los jurados siempre que éstos se encuentren en condiciones de decidir con libertad".

King está condenado además a 36 años de cárcel por el asesinato de la joven de Coín (Málaga) Sonia Carabantes en agosto de 2003 y a siete años más de prisión por el intento de violación en 2001 de una joven en Benalmádena (Málaga).

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