Local

El TC rechaza el recurso de la Junta a las cuentas del PP

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de la Junta contra los Presupuestos del Gobierno de Aznar de 2002. El fallo tiene que ver con el reparto del FCI, el único concepto que quedó impugnado de esas cuentas tras los acuerdos sellados con el Ejecutivo de Zapatero.

el 14 sep 2009 / 20:49 h.

TAGS:

El Tribunal Constitucional ha desestimado el recurso de la Junta contra los Presupuestos del Gobierno de Aznar de 2002. El fallo tiene que ver con el reparto del FCI, el único concepto que quedó impugnado de esas cuentas tras los acuerdos sellados con el Ejecutivo de Zapatero.

Eran otros tiempos. Magdalena Álvarez era consejera de Economía y Hacienda y el popular Cristóbal Montoro ministro de Hacienda. A la consejera no le pareció que el Gobierno del PP cumpliese con la Ley Orgánica de Financiación de las comunidades autónomas en sus Presupuestos del Estado de 2002 y aseguraba que el cálculo del FCI no se hacía respetando el principio constitucional de seguridad jurídica. Recurrió ante el Tribunal Constitucional tres artículos, aunque de ellos sólo uno ha llegado impugnado hasta hoy ya que, con la el PSOE instalado en la Moncloa, ambas administraciones alcanzaron acuerdos para pagar algunas de las deudas pendientes.

El fallo del Constitucional desestima apreciar una vulneración del principio de seguridad jurídica, como alegaba el recurso presentado por el Gobierno andaluz y también rechaza otras impugnaciones referidas a la posible alteración de la base de cálculo para dotar el FCI. La sentencia recuerda a la Junta que el FCI cumple con las normas que integran el bloque de la constitucionalidad: su dotación es equivalente al 30 por 100 de la inversión pública prevista en los PGE.

El recurso andaluz a aquellos presupuestos -que asignaban a la comunidad 270,39 millones de euros por el Fondo de Compensación y 90,13 millones más por el Fondo Complementario- se producía a los pocos meses de que el entonces ministro de Hacienda y la entonces consejera de Economía y Hacienda hubieran suscrito un nuevo sistema de financiación autonómica, después de que, entre 1997 y 2001, Andalucía se mantuviese al margen del modelo aprobado por el PP.

Consideraba entonces el Ejecutivo de Chaves que "la asunción del nuevo sistema de financiación autonómica no implica la aceptación del reflejo presupuestario del anterior modelo" en los artículos recurridos de la Ley de los PGE para 2002 ya que, a su juicio, "se mantienen los fundamentos legales que han justificado desde 1997 la interposición de recursos de inconstitucionalidad contra las sucesivas leyes presupuestarias".

La sentencia del Tribunal Constitucional es el segundo fallo contrario a los planteamientos de la Junta a cuenta de las relaciones financieras de esos años de confrontación entre los gobiernos central y autonómico. La primera se conoció en enero pasado cuando el Alto Tribunal negó que fuese inconstitucional que los Presupuestos del Estado de 1998 ignorasen la deuda histórica. En aquel fallo, el Constitucional consideró que es el Gobierno el que tiene que decidir cómo distribuye los fondos, sin estar condicionado por lo que decía el Estatuto andaluz de 1981.

  • 1