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En la muerte de una testigo de Jehová

Una mujer de 61 años murió el sábado en el hospital de Valme de Sevilla tras la operación que se le practicó para repararle las heridas sufridas en un accidente de tráfico ocurrido horas antes en Los Palacios. Los médicos solventaron sus lesiones, pero la mujer falleció poco después por falta de sangre...

el 16 sep 2009 / 06:16 h.

Una mujer de 61 años murió el sábado en el hospital de Valme de Sevilla tras la operación que se le practicó para repararle las heridas sufridas en un accidente de tráfico ocurrido horas antes en Los Palacios.

Los médicos solventaron sus lesiones, pero la mujer falleció poco después por falta de sangre. Había rechazado una transfusión, pues era testigo de Jehová y había firmado un documento de voluntades anticipadas en el que se negaba a recibir sangre por sus convicciones religiosas. La Guardia Civil ha abierto ya una investigación de los hechos y el hospital ha dado parte al Juzgado de Guardia para que la justicia esté al tanto de lo que ocurrió.

El caso pone otra vez sobre los focos de la atención pública una situación que para la mayoría de los ciudadanos es incomprensible: cómo se puede permitir que una persona muera en virtud de su fe a sabiendas de que podría salvarse si aceptase una transfusión. El rechazo proviene de una interpretación tan legítima como extraña de unos versículos de la Biblia que impedirían el uso de sangre ajena para la sanación del creyente.

Los testigos de Jehová atienden a esta creencia y sus convicciones son protegidas en todos los ámbitos jurídicos. La Constitución reconoce que el derecho a la vida no puede considerarse jurídicamente superior al derecho de estos mismos ciudadanos a la defensa de sus convicciones mientras no afecte a terceros. Y el artículo 11 de la Ley de Autonomía del Paciente desarrolla este amparo al desarrollar la aplicación de los denominados documentos de instrucciones previas. Debe quedar claro, por tanto, que cuando un profesional médico actúa de este modo lo hace porque cumple con la legislación sanitaria y en virtud de la aplicación de un derecho de libertad religiosa del paciente que se antepone a su propia obligación profesional. ¿Tiene esto sentido común? ¿se puede aceptar una muerte que podría haberse evitado por una cuestión de fe? son cuestiones muy controvertidas que necesitan de un amplio consenso social, pero lo cierto es que están recogidas por ley y a ellas hay que atenerse.

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