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La Fiscalía del Supremo desiste de pedir la absolución del juez Serrano

Los recursos de casación continúan por parte de la defensa, que pide la absolución, al considerar queno incurrió en un delito de prevaricaciónal cambiar el régimen de visitas de un niño.

el 02 dic 2011 / 13:01 h.

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El juez de Familia Francisco Serrano, en una imagen de archivo, durante una conferencia en el Círculo Mercantil.
La Fiscalía del Tribunal Supremo (TS) ha desistido de presentar un  recurso de casación para solicitar la absolución del juez de Familia  de Sevilla Francisco Serrano, condenado a dos años de inhabilitación  por un delito de prevaricación culposa tras modificar el turno de  custodia de un niño de 11 años de edad para garantizar su salida como  paje en una cofradía de la 'Madrugá' sevillana.

De este modo, el Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA)  ha informado a las partes personadas, por medio de una diligencia a  la que ha tenido acceso Europa Press, de que el fiscal de la Sala  Segunda del Tribunal Supremo ha desistido del recurso de casación  para pedir la absolución del magistrado, todo ello a pesar de que la  Fiscalía Superior de Andalucía interesó inicialmente la interposición  de un recurso ante el TS para pedir la referida absolución.  

En su escrito de acusación, el Ministerio Público pidió  inicialmente para el magistrado diez años de inhabilitación y el pago  de una multa de 5.400 euros por un delito de prevaricación, pero, una  vez en el juicio, decidió modificar sus conclusiones provisionales y  pedir la absolución del juez, pues éste dictó su resolución de una  manera "imprudente o negligente" aunque no "dolosa", ya que no  existen pruebas de que cometiera el delito por el que está acusado.  

Para la Fiscalía, el magistrado "debía y podía" haber realizado  determinadas pruebas, que "obvió sin la suficiente consistencia",  antes de decidir la prórroga de la custodia en un día y medio para el  padre del niño, de 11 años. Así, según su criterio, en este asunto  "existen dudas razonables" acerca de los indicios de criminalidad de  la actuación del juez, del que "no se ha podido acreditar que actuara  en connivencia con nadie" ni que dictase la resolución más allá de la  frontera de la justicia.

LA DENUNCIANTE PIDE 20 AÑOS DE INHABILITACIÓN

Una vez el Ministerio Público ha decidido desistir de su recurso  de casación, aceptando de este modo la condena impuesta al  magistrado, el Tribunal Supremo deberá pronunciarse sobre los  recursos de casación interpuestos tanto por la representación  procesal del imputado, que solicita su libre absolución, como por el  abogado de la denunciante y madre del menor de edad, que solicita que  se le inhabilite por espacio de 20 años.

La Sala de lo Civil y Penal del TSJA condenó al juez a dos años de  inhabilitación por un delito de prevaricación culposa, al pago de las  costas y a una indemnización a la madre del menor de 4.000 euros,  todo ello en una sentencia en la que la Sala acordó solicitar al  Gobierno que conceda al magistrado el indulto parcial y reduzca la  condena a seis meses de inhabilitación, aunque el imputado ya dijo  que no quiere "ni media hora" de indulto porque "es inocente".  

Tras hacer un relato de los hechos considerados probados, asevera  que el acusado "dictó y firmó un auto resolviendo la medida cautelar  solicitada sin trámite procesal alguno, sin dar traslado ni pedir  informe al Ministerio Fiscal, sin oír previamente, y pese a conocer  sus domicilios, a ninguno de los progenitores del menor, ni al padre  ni a la madre, a quien se atribuía una actitud reticente u obstativa  al cumplimiento de lo acordado" por el Juzgado de Violencia sobre la  Mujer.  

En esta línea, dice que "resplandece una imprudencia consistente  en un completo desinterés por el conocimiento exacto de la real  dimensión del conflicto, que determinó la vulneración de las normas  esenciales del procedimiento", entre ellas "las garantías de todo  justiciable, como la oportunísima y perfectamente posible audiencia  de los propios padres".  

"PUSO SU FUNCION JUDICIAL AL SERVICIO DE INTERESES DE PARTE"

"Serrano no evitó ni se cuidó en absoluto de no poner su función  judicial al servicio de intereses o pretensiones de parte, validando  la argucia procesal tramada por quienes asesoraron al solicitante de  la medida, partiendo como premisa, sin comprobación alguna, de la  versión de los hechos presentada por personas en las que  imprudentemente confió", argumenta.   

En este sentido, incide en el hecho de que la actuación procesal  del juez "revela detalles de significativa desatención, ligereza o  falta de cuidado graves", a lo que se añade que la resolución dictada  por el acusado "es manifiestamente injusta" por el hecho de  "convertirse el juez en instrumento, por temeridad o negligencia  grave, de un ardid procesal sin desplegar las mínimas garantías y  equilibrios procesales". 

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