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La Junta se reserva el derecho a revocar competencias a alcaldes "negligentes"

La futura Ley de Autonomía Local que ayer recibieron de la Junta los alcaldes fija 29 competencias exclusivas de los ayuntamientos y abre la puerta a la delegación de otras. Pero con límites: el Gobierno podrá revocar servicios a ayuntamientos si detecta "negligencia".

el 07 oct 2009 / 21:26 h.

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La futura Ley de Autonomía Local que ayer recibieron de la Junta los alcaldes andaluces fija 29 competencias exclusivas de los ayuntamientos y abre la puerta a la delegación de otras. Pero impone límites: el Gobierno se reserva el derecho a revocar servicios que se transfieran si el ayuntamiento demuestra negligencia o ineficacia.

El consejero de Gobernación, Luis Pizarro, entregó al presidente de la Federación Andaluza de Municipios y Provincias (FAMP), el también socialista Francisco Toscano, el proyecto de ley de Autonomía Local de Andalucía. Borrador que aún deberá de sufrir muchas modificaciones hasta que sea aprobado en el Parlamento a mediados de 2010, según el calendario del Gobierno.

La extensa norma (128 artículos) regula por vez primera un marco de competencias exclusivas de los ayuntamientos. Fija 29 materias en urbanismo, servicios sociales, agua, medio ambiente, salud, consumo, turismo o deporte, que en la práctica ya ejercen los consistorios y que han ido asumiendo empujados por las demandas de los ciudadanos. La Ley de Bases de Régimen Local, de 1985, reconoce 15 competencias municipales.

La gran novedad, según señaló Toscano, es que se zanja el debate de las llamadas competencias impropias. Es decir aquellas que deberían tocar a otras administraciones pero que prestan ya los consistorios sin la correspondiente dotación económica. La ley, abundó el presidente de la FAMP, permitirá a los ayuntamientos reclamar más recursos. Necesitarían, avisó, un 30% más de fondos incondicionados.

Los alcaldes deberán ahora analizar el texto legal y está previsto que la dirección de la FAMP, que reúne a regidores de todos los signos políticos, se pronuncie en dos semanas. Ya en diciembre de 2008, este órgano aprobó por unanimidad un documento -según la Junta recogido al 80% en las leyes- que reclamaba claridad en la definición de competencias. Cotejando la ley y aquel borrador, queda claro que las expectativas de la FAMP estaban muy por encima de las competencias que reconoce la Junta en asuntos como urbanismo o educación. Los alcaldes pedían tener la última palabra al aprobar el Plan Urbanístico de un municipio, asumir directamente la matriculación de los colegios o fijar dónde se tiene que ubicar un centro de salud. La Junta no cede ninguno de estos asuntos. Al ayuntamiento se le reconoce legalmente en la mayoría de los casos la gestión del servicio, pero no la capacidad para planificarlo sin control autonómico.

El borrador de la ley recoge la posibilidad de transferir, por ley, o delegar, por decreto, competencias exclusivas de la Junta. Igualmente el Gobierno se reserva, en este caso, la potestad de suspender "por un tiempo no superior a un año" esa transferencia si detectara "negligencia, ineficacia o gestión deficiente". Sólo en una ocasión la Junta ha revocado competencias municipales, cuando retiró a Marbella, tras el escándalo Malaya, el urbanismo.

La ley deja claro que los nuevos servicios o funciones que se asignen a los ayuntamientos, tendrán que resolver "simultáneamente la provisión de recursos económicos para hacer frente a las nuevas cargas financieras".

Otro punto clave de la ley es el apartado dedicado a las empresas públicas locales. Cuando escándalos como el de Mercasevilla ocupan la primera línea, se exige a los ayuntamientos la "transparencia" en las relaciones financieras con estas empresas y se obliga a que estos entes confeccionen una memoria anual sobre el uso de todos los fondos públicos que hayan recibido.

Igualmente la ley impone a los ayuntamientos la obligación de colgar en internet, en un plazo máximo de tres días, cualquier actuación municipal, para garantizar "la transparencia y el control democrático". La Junta también renuncia a determinados controles. Los ayuntamientos dispondrán con más libertad de su patrimonio y no necesitarán autorización para permutar bienes.

El presidente de la FAMP reclamó a la Junta que en el Presupuesto de 2010 eleve la partida incondicionada para los ayuntamientos (159 millones). Solicitó que se recorten fondos del Plan de Cooperación (1.300 millones), que son subvenciones a proyectos concretos, para nutrir con más recursos el Fondo de Nivelación. La Junta se mostró muy receptiva a la demanda como paso previo a que entre en vigor la Ley de Participación de las entidades locales en los tributos de la Junta.

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