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La ley habilitará un registro único con el perfil de demandantes de VPO

Para entrar en un sorteo de VPO basta con rellenar la solicitud, una fotocopia del DNI y el certificado de empadronamiento. La consecuencia es que los adjudicatarios pueden no cumplir los requisitos económicos. La Ley de Vivienda creará un registro de demandantes que incluya esos datos y que actualizarán los ayuntamientos. Foto: A.Acedo.

el 15 sep 2009 / 16:32 h.

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L. Blanco / M. Ureta

Para entrar en un sorteo de VPO basta con rellenar la solicitud, una fotocopia del DNI y el certificado de empadronamiento. La consecuencia es que los adjudicatarios pueden no cumplir los requisitos económicos. La Ley de Vivienda creará un registro de demandantes que incluya esos datos y que actualizarán los ayuntamientos.

Promotores y entidades financieras coinciden en señalar que más de la mitad de los demandantes de VPO, una vez que resultan adjudicatarios se echan atrás cuando llega el momento de formalizar la compra. Puede ocurrir que su renta no les permite afrontar la compra con el nivel de endeudamiento admitido -durante todo el proceso no se les ha exigido declarar sus ingresos- o que la situación laboral y personal acreditada en el momento de la primera adjudicación haya cambiado.

Desde que se celebra el sorteo hasta que, una vez comprobados los datos iniciales -que incluyen la fecha de nacimiento, el sexo, la profesión y el tipo de familia-, se publica el listado definitivo de adjudicatarios suelen pasar unos dos años. En ese tiempo, una persona agraciada con una VPO para jóvenes puede haber superado la edad límite, un soltero al que le ha correspondido un piso pequeño ahora está casado y con hijos o una pareja que solicitó una vivienda familiar de tres o cuatro dormitorios se ha separado.

Para evitar situaciones como éstas, los empresarios reclaman que la criba se lleve a cabo antes de la adjudicación de las casas. La futura ley del derecho a la vivienda, que la Junta prevé llevar a Consejo de Gobierno en diciembre para iniciar el trámite parlamentario en enero, regulará la creación de un registro de demandantes en el que se incluya la máxima información de los solicitantes, según fuentes de la Consejería de Vivienda.

La creación de este tipo de registros de demandantes en las comunidades autónomas será una exigencia del Plan estatal de Vivienda y Suelo 2009-2012, ya que la finalidad última es que exista en poder del Ministerio un registro único y que todas las administraciones -locales, autonómicas y nacional-compartan la información.

Estos listados deberán aportar datos económicos y personales para acceder al sorteo de las promociones de vivienda protegida y los ayuntamientos tendrán que actualizar permanentemente esos datos con el fin de que cuando se celebre el sorteo y se realice la adjudicación se conozca el perfil del posible comprador. Para gestionarlos y actualizarlos, la Junta concederá subvenciones a los consistorios.

Desde el Ministerio reconocen que la idea ya aparecía en el anterior plan estatal 2005-2008 pero la mayoría de las comunidades no han desarrollado la normativa para elaborar esos registros, las que cuentan con algún tipo de listados auitonómicos -como Cataluña, País Vasco o Castilla La Mancha- incluyen datos diversos y la mayoría no remiten esos listados al Ministerio de Vivienda. Por eso, en el nuevo plan -cuya aprobación está prevista para diciembre-, el Gobierno dará a las comunidades un plazo de un año para la elaboración de los mismos, en los que debe figurar información detallada sobre los requisitos que cumplen los solicitantes de VPO.

En las conferencias sectoriales de Vivienda, no todas las autonomías se han mostrado conformes con este sistema que exige unificar criterios y remitir la información al Ministerio. Comunidades como Madrid han mostrado públicamente su disconformidad. Andalucía apoya la medida e incluirá la regulación de ese registro en su ley de Vivienda, cuya aprobación coincidirá con la del plan estatal.

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