Economía

La previsión de pérdidas deberá ser acreditada por un "independiente"

El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, avala el despido barato, de 20 días por año, en un ERE si la empresa está en riesgo.

el 11 jun 2011 / 19:01 h.

El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, antes de comparecer el viernes tras el Consejo de Ministros.

El ministro de Trabajo, Valeriano Gómez, trató ayer de disipar los recelos que ha suscitado el giro introducido en el nuevo reglamento de los expedientes de regulación de empleo por el que una empresa podrá despedir barato -utilizando el despido objetivo con una indemnización de 20 días por año- alegando la previsión de pérdidas "transitorias", cuando en el primer borrador sólo daba esta opción a aquellas compañías que tuvieran previsto números rojos permanentes.

Gómez aseguró que el informe que la empresa tiene que presentar alegando pérdidas previstas transitorias para justificar un expediente de regulación de empleo (ERE) deberá ser elaborado por una instancia "independiente" para asegurarse de que no existe manipulación en las cuentas y evitar que este procedimiento se convierta en un coladero de despidos colectivos.

En una entrevista a Europa Press, el titular de Trabajo reconoció que "no es fácil determinar el concepto de pérdidas previstas", pero añadió que el Gobierno ha establecido unos criterios "exigentes", empezando por que el informe que justifique la solicitud del ERE "tiene que ser independiente", esto es, elaborado por un tercero ajeno a la empresa.

Además, Gómez recordó que la aprobación o no del ERE "es una decisión que toma la autoridad laboral, se cuente o no con el acuerdo de los trabajadores". Trató así de despejar dudas sobre el reglamento de los ERE aprobado en el último Consejo de Ministros .

Por otro lado, resaltó que, una vez se disponga de este informe, sólo podrán ser causa de despido aquellas pérdidas previstas de carácter transitorio que sean "muy intensas", lo suficiente "como para acabar con la empresa". En su opinión, este enfoque es "razonable y sensato".

"Puede haber pérdidas tan importantes, aunque sean transitorias, que exijan algún tipo de ajuste", señaló, para añadir que, en cualquier caso, el Gobierno "sigue pensando que si las pérdidas son transitorias la decisión más deseable es acudir al ERE de reducción de jornada".

El ministro de Trabajo argumentó que este nuevo reglamento "no es una concesión" a la patronal CEOE y confió en que "se vaya creando una nueva jurisprudencia alrededor del nuevo esquema conformado por la reforma laboral", de forma que los empresarios "sabrán el tipo de situación que están valorando los jueces y el tipo de pruebas que exigen" para aprobar expedientes de extinción cuando se aleguen pérdidas previstas.

En materia de reforma de la negociación colectiva, cuyo Real Decreto-ley fue aprobado el viernes y ayer publicó el Boletín Oficial del Estado (BOE) , aseguró que la gran mayoría del arco parlamentario comparte las líneas inspiradoras del texto y vaticinó que el Gobierno "obtendrá una mayoría parlamentaria sólida".

Además, confió en que los agentes sociales logren acuerdos en materia de flexibilidad interna que se puedan introducir vía enmiendas en los "próximos dos meses", tiempo que llevará, a su juicio, el trámite parlamentario.

Más en detalle, el ministro de Trabajo se refirió al arbitraje obligatorio que el Gobierno establece con carácter transitorio en la reforma cuando los plazos máximos para la renegociación de los convenios terminan sin acuerdo entre las partes. Al respecto, aclaró que esta obligación sólo estará vigente mientras no haya un acuerdo interconfederal entre patronal y sindicatos que defina el sistema de arbitraje voluntario y defendió su constitucionalidad.

"Tenemos la opinión de que no afecta a la constitucionalidad de la medida, fundamentalmente porque se trata de una legislación de tránsito", dijo, para añadir que, en cualquier caso, "si hay preocupación por parte sindical y empresarial bastaría con un acuerdo interconfederal, que no tiene mayor dificultad". "Más allá de discusiones respecto a si es o no constitucional es más importante saber cómo resolvemos los problemas", apostilló.

Preguntado por cuánto podría durar ese periodo transitorio, Gómez dijo que "en el caso óptimo puede durar meses", si bien precisó que "en torno a un año sería suficiente", entre otras cosas porque "sobre este asunto había ya un avance sustancial durante estos meses".

Sobre el descuelgue salarial, Gómez apuntó que la reforma "concreta más" las condiciones que deben darse para poder aplicarlo, ya que en la redacción inicial figuraba que sólo bastaba con que la situación de la empresa o sus perspectivas pudieran verse "dañadas", algo que el Gobierno consideraba "difuso".

"Ahora se concreta que un daño es una disminución persistente en los ingresos de una compañía", precisó el ministro de Trabajo, antes de hacer hincapié en que "no se trata de dar más facilidad para el descuelgue".

Preguntado por cuánto tiempo podría considerarse una disminución persistente de los ingresos, Gómez se remitió a la jurisprudencia hasta ahora en caso de descuelgues por situación económica negativa y habló de "al menos dos o tres años", pero advirtió de que el criterio final "lo tienen que ir ajustando los árbitros".

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