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Más trabas para traerse a la familia

Los inmigrantes deben probar que su casa puede acoger a sus parientes y el Ayuntamiento les cobrará por certificarlo.

el 02 may 2012 / 21:30 h.

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Los inmigrantes deben tener ingresos para mantener a sus parientes.

Para un inmigrante, traerse a su familia supone un largo calvario de tiempo y papeleo en el que tiene que garantizar que cuenta con medios suficientes para mantener a los parientes que vengan. Entre otras cosas, tienen que llevar más de un año residiendo en España y haber solicitado la autorización para quedarse, al menos, otro año; acreditar ingresos de 800 euros al mes por cada dos parientes que se quiera traer y otros 266 euros por cada familiar extra; y en el caso de que no sean sus cónyuges o hijos sino sus padres o los padres de su pareja, demostrar que están a su cargo acreditando que durante el último año le ha estado mandando dinero en una cuantía al menos igual del PIB per cápita anual del país de origen. Pero hay un documento que le tiene conceder la administración y depende de que el funcionario de turno informe favorablemente: el certificado de que su vivienda está adecuada para acoger a esos familiares. La competencia para certificarlo es de las comunidades autónomas pero en Andalucía está transferida a los ayuntamientos (solo la mantienen los gobiernos autonómicos en Cataluña, Madrid y País Vasco además de Ceuta y Melilla). Hasta ahora, los ayuntamientos no cobraban por ello pero el de Sevilla prevé implantar una tasa de 40 euros por la emisión de este certificado de idoneidad de la vivienda, un cobro que según ONG como Andalucía Acoge y Pro Derechos Humanos de momento no existe de momento en ninguna otra capital andaluza y que viene a poner más piedras en un camino ya difícil atacando a los más débiles con afán recaudatorio.

A 31 de diciembre de 2011, último dato actualizado, en la provincia de Sevilla 2.710 extranjeros contaban con un permiso temporal de residencia por reagrupación familiar. Según el Ayuntamiento de la capital, Urbanismo tramita anualmente unos 450 certificados de idoneidad de la vivienda, por lo que a 40 euros cada uno confía en recaudar por esta vía 18.000 euros, aunque lo cierto es que la crisis ha retraído las solicitudes de reagrupamiento familiar. Los inmigrantes son uno de los colectivos más castigados con el paro y la inestabilidad laboral. "Es muy difícil que hoy puedan acreditar ingresos vía nómina para mantener a esa cantidad de personas cuando muchos trabajan en el servicio doméstico", reconoce el asesor jurídico de Pro Derechos Humanos, Diego Boza.

PLAZO DE 30 DÍAS

Curiosamente, hasta la reforma de la Ley de Extranjería de 2009, este certificado podían concederlo los ayuntamientos (o gobiernos autonómicos) o los notarios. Se daba a los consistorios 15 días para hacerlo desde que el inmigrante lo solicitaba. El retraso habitual de éstos obligaba a los inmigrantes a recurrir a los servicios de notarios, no precisamente baratos. La reforma pretendía acabar con la discriminación que suponía que un inmigrante que no se pudiese pagar un notario se quedase sin certificado y, por tanto, sin un documento imprescindible para lograr el reagrupamiento, y que los solicitantes se vieran perjudicados en función de que su ayuntamiento fuera más o menos diligente. A cambio, se prolongó a 30 días el plazo para que los ayuntamientos lo emitan transcurrido el cual, si el inmigrante no lo recibe, puede aportar para su solicitud de reagrupamiento familiar "cualquier medio de prueba admitido en Derecho".

Según el secretario general de Andalucía Acoge, Mikel Araguás, el Ayuntamiento sevillano suele cumplir el plazo, no así en los certificados de arraigo (una de las vías para lograr el permiso de residencia) donde "es de las ciudades con más listas de espera, más de seis meses". Son los dos únicos papeles que tiene que dar el Ayuntamiento y de momento, el informe de arraigo, sigue siendo gratis.

El certificado de idoneidad de la vivienda exige que un técnico de Urbanismo se desplace a la casa del inmigrante y compruebe el número de habitaciones, cuántas personas viven en la misma (según el padrón y especificando el número de adultos y menores), si dispone de agua fría y caliente, el tipo de suministro de gas (butano o natural), de electricidad (red o generador), y si las condiciones higiénicas, de ventilación e iluminación son adecuadas. En virtud de estos datos, el funcionario emite un informe favorable o desfavorable.

El Ayuntamiento esgrime el coste que supone la dedicación de estos técnicos y su desplazamientos a las viviendas a inspeccionar para justificar el cobro de esta nueva tasa, incluida en el plan de ajuste municipal presentado por el Consistorio al Gobierno central para acogerse a las ayudas del plan de pago a proveedores. Pero el secretario general de Andalucía Acoge, Mikel Araguás, plantea que se trata de "un servicio público" y que si no se cobra por un certificado de empadronamiento, esta tasa supone señalar a determinados colectivos, que además son especialmente vulnerables, "con un afán recaudatorio". Además alerta de que se trata de una competencia de las comunidades autónomas que la Junta cedió a los ayuntamientos y critica que "delegar en éstos provoque al final una arbitrariedad en la toma de decisiones sobre el desarrollo del procedimiento". "Si la Junta cede una competencia, debería dar un presupuesto para ejercerla, como ocurre con los servicios sociales municipales que prestan la ayuda a domicilio de atención a la dependencia", añade.

Para las ONG que trabajan con este colectivo una tasa de 40 euros resulta además muy elevada teniendo en cuenta que la solicitud de reagrupamiento familiar cuesta 10,20 euros (una tasa que fija el Estado y es común en todo el país). El resto del papeleo son copias de contratos, nóminas, partidas de nacimiento de los hijos o libros de familia para acreditar el matrimonio, etc... que más que dinero cuestan tiempo.

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