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Morón sancionará con 12.000 euros los vertidos al alcantarillado

Tras años de vertidos incontrolados al alcantarillado, el Ayuntamiento de Morón de la Frontera se pone firme. Con su publicación ayer en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), en 20 días entrará en vigor la ordenanza que regulará estos desechos y que contempla sanciones de hasta 12.000 euros.

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Tras años de vertidos incontrolados al alcantarillado, el Ayuntamiento de Morón de la Frontera se pone firme. Con su publicación ayer en el Boletín Oficial de la Provincia (BOP), en 20 días entrará en vigor la ordenanza que regulará estos desechos y que contempla sanciones de hasta 12.000 euros.

Es la industria del aderezo de la aceituna la que origina la mayor cantidad de estos vertidos industriales que aún a día de hoy contaminan las aguas del río Guadaíra. Acabar con ellos es el principal objetivo de esta norma cuya aprobación y entrada en vigor coincide además con la puesta en funcionamiento en pruebas hace unos días de la estación depuradora de aguas residuales (EDAR) local.

Esta instalación se estropeó nada más inaugurarse en 2004 y llevaba desde entonces fuera de servicio precisamente por estos residuos para los que no está preparada, puesto que en principio a la red municipal sólo se deben verter desechos domésticos.

En este sentido, la nueva ordenanza que fue aprobada de forma definitiva el pasado 17 de enero, tiene por objeto regular los vertidos de aguas residuales procedentes de las actividades económicas que generen aguas residuales no domésticas ubicadas en el término municipal de Morón de la Frontera.

Su finalidad, según especifica el texto, es proteger la red de alcantarillado municipal y la depuradora, por lo que el criterio a seguir en la admisión o no de los vertidos será que éstos "no afecten a los colectores ni a la EDAR, o la utilización de subproductos de la depuradora, al tratamiento de los procesos de depuración, ni supongan riesgo para el personal de mantenimiento".

De este modo, la nueva ordenanza establece que tanto los usuarios que en la actualidad estén vertiendo a la red municipal, (es decir los que ya lo hacían antes de aprobarse la norma) como aquellos que tengan previsto hacerlo, deberán presentar una solicitud de permiso de vertido. Se abre ahora un plazo de seis meses para los primeros durante el que están obligados a demandar esta autorización, que en ambos casos será otorgada mediante resolución expresa de la alcaldía. En cuanto a los nuevos negocios o fábricas el permiso de vertido será simultáneo al otorgamiento de la licencia de apertura.

Para su concesión, el Ayuntamiento tendrá en cuenta entre otros, varios factores como los valores máximos y medios de las aguas residuales vertidas, limitaciones del caudal y la existencia de instalaciones de pretratamiento.

En cualquier caso, la ordenanza prohíbe expresamente el vertido de aguas procedentes de almazaras y de instalaciones de aderezo y/o envasado de aceitunas y encurtidos ácidos. A éstos les sigue un listado de sustancias, que en caso de ser arrojados serán motivo de apertura de expedientes sancionadores y multas, Además, deberán costear la reparación de las infraestructuras dañadas por parte del Consistorio.

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