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Recurso de la Fiscalía. Educación para la Ciudadanía y menores en chirona

Menos mal que la Fiscalía de Sevilla ha recurrido la sentencia promulgada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que estimó parcialmente el recurso interpuesto contra la asignatura Educación para la Ciudadanía.

el 15 sep 2009 / 04:35 h.

Menos mal que la Fiscalía de Sevilla ha recurrido la sentencia promulgada por la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA), que estimó parcialmente el recurso interpuesto contra la asignatura Educación para la Ciudadanía por lo que declaró nulas distintas expresiones referentes a la ideología de género y opciones vitales contenidas en las Órdenes de la Consejería de Educación de la Junta de Andalucía de 10 de agosto de 2007.

La sentencia reclamaba neutralidad de pensamiento y, como muestra, aseguraba que la afirmación curricular de que los derechos humanos dependen del contexto o de la coyuntura histórica y son susceptibles de ser creados o destruidos "es un postulado ideológico que no está incorporado en la norma constitucional". Aquella sentencia, que tampoco parecía demasiado neutral, anulaba parte de la frase: "La educación ha de atender al respeto de las diversas opciones vitales de las personas y los grupos sociales, desarrollando la sensibilidad y la actitud crítica hacia estereotipos homófobos". El juez primaba la idea de que "los padres tienen derecho a educar a los hijos en la concepción de la sexualidad que resulte confirme a sus convicciones". El ponente de la sentencia rechazaba al mismo tiempo que la asignatura propugne "que el sexo no define al hombre y a la mujer como tales, sino que es fruto de una determinada concepción cultural o de un accidente biológico; es decir, que a los seres humanos no los define como personas el sexo, sino la opción sexual elegida". Se trataría de una concepción que, al ser obligatoria y dirigida a la formación moral de los alumnos, " violenta la libertad ideológica de las personas y el mismo principio de pluralismo político".

El fallo hablaba de una 'ilícita invasión' en la ética, el derecho y la moral. Sorprendente, sin duda. El recurso de casación interpuesto por la fiscal jefe María José Segarra, plantea que el fundamento del pronunciamiento del TSJA se ha basado en una valoración de 'eventuales vulneraciones 'in abstracto' de derechos fundamentales, pero sin haber incluido motivación alguna que haya puesto en conexión las alegadas vulneraciones con los derechos fundamentales' del padre recurrente.

Todo ello choca con una realidad inmediata: la de que hay un abismo entre los valores que se transmiten en la escuela y los de la vida real, dentro y fuera de Andalucía. En estos días, la Unión Europea discute una directiva que llevaría a expulsiones masivas de inmigrantes sin papeles, a los que se podría encarcelar durante 18 meses por el simple hecho de serlo. Incluso los menores no acompañados dormirían a la sombra: ¿qué clases de Educación para la Ciudadanía les podríamos impartir mientras estén en chirona?

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