Local

Un juez impide que Educación expulse a ocho alumnos por fraude

La Junta ordenó sacarles de sus centros en aplicación de varias sentencias aún no definitivas y un juez decretó que los procesos debían detenerse

el 21 mar 2010 / 19:15 h.

TAGS:

Un grupo de madres espera a sus hijos a la salida del centro concertado Portaceli.

La Delegación Provincial de Educación de Sevilla ordenó la semana pasada la expulsión de 13 alumnos de Infantil y Primaria que estudiaban en colegios concertados de Nervión, Casco Antiguo, Bami, Santa Clara y de la provincia. Educación envió instrucciones a sus colegios para que no les dejaran entrar en clase, y lo hizo en aplicación de 13 sentencias judiciales que retiraban las medidas cautelares que habían permitido a esos niños acusados de fraude escolar seguir escolarizados en sus colegios. Jueces de tres juzgados de lo Contencioso Administrativo habían concluido que las familias de los 13 niños falsearon los datos de matriculación de sus hijos para lograr una plaza escolar, y por tanto, no tenían derecho a seguir en las escuelas donde llevaban de dos a tres años escolarizados.
Sin embargo, uno de los jueces ha paralizado la expulsión de ocho de los 13 alumnos, porque las sentencias que él mismo firmó no eran firmes. Todavía podían recurrirse al TSJA, pero antes de que las familias lo hicieran, Educación ya había enviado instrucciones a los colegios –el Portaceli y el Isidoro Parroquial principalmente–.


Al ser informados por la dirección de que sus hijos serían expulsados, los padres remitieron un escrito a los juzgados denunciando que Educación había ejecutado una sentencia que estaba recurrida. El juez de lo Contencioso 10, Luis Alfredo de Diego, leyó este escrito y de inmediato envió un fax a los colegios concertados para bloquear la expulsión de los niños. “Deben abstenerse de realizar acto alguno que impida la continuación de los estudios del menor en ese centro escolar en tanto no se dicte una resolución de este juzgado”, dice la resolución, a la que ha tenido acceso El Correo.
Después el magistrado envió copia a la delegación y un escrito al gabinete jurídico de la Junta de Andalucía preguntándole por qué habían ordenado ejecutar una sentencia que no era firme. La Ley de Contencioso Administrativo, en su artículo 84, dice que un fallo que no es firme se puede ejecutar “de forma provisional”, siempre que el juez lo autorice, algo que no ocurrió en este caso. El mismo artículo advierte: “No se acordará la ejecución provisional cuando la misma sea susceptible de producir situaciones irreversibles o perjuicios de imposible reparación”, y en este caso significaba expulsar a unos alumnos del colegio a mitad de curso y durante la semana de exámenes. “Lo lógico hubiera sido que la Junta me solicitase antes si podía ejecutar un fallo provisional, y entonces yo habría tenido que ponderar las circunstancias. Al ejecutar un fallo que no es firme sin el permiso del juez, la Junta ha actuado ilegalmente, porque no respetó las garantías jurídicas de las familias”, dice el juez.   


se traspapeló. Cinco días después de haber recibido la resolución del juez bloqueando la expulsión de los niños, la letrada jefe de lo Contencioso del gabinete jurídico de la Junta envió un oficio a la Delegación de Educación, con copia adjunta para el juez, reconociendo “la falta de firmeza” de las sentencias “que han sido recurridas en apelación” por los padres, “lo que impide su ejecución” y conlleva la necesidad de “mantener la escolarización cautelar” de los menores.


En este trasiego judicial que duró dos semanas hasta que el juez y los abogados de la Junta recondujeron la situación, los ocho alumnos no llegaron a perder ningún día de clase. Pero los otros cinco sí fueron expulsados, y según Educación, sus familias no recurrieron el fallo provisional.


Algunos padres de los ocho niños afectados amagaron con denunciar a Educación por prevaricación, por haber ejecutado un fallo a sabiendas de que no podían hacerlo. Pero al final parece que el origen de todo fue un error administrativo. “La delegación nos telefoneó porque no entendía por qué unos niños eran expulsados y otros no. Cuando les dijimos que ya se lo habíamos comunicado a su gabinete jurídico, nos respondieron que ellos no se hablan con el gabinete, y que se habría traspapelado la copia que enviamos a delegación”, dicen desde el juzgado.

 

13 alumnos con una plaza que les corresponde a otros

Los jueces han llegado a la conclusión de que en el Portaceli, en el Isidoro Parroquial y en otros colegios concertados de Sevilla hay niños escolarizados que mintieron para entrar. Lo hicieron sus familias al falsear los datos de solicitud. Después fueron denunciados por otros padres, cuyos hijos se habían quedado fuera a consecuencia de aquel supuesto fraude. Se abrió una investigación, coordinada por Educación y dirigida por la Policía. Se descubrió que habían mentido y se ordenó su expulsión ese mismo año, pero los padres recurrieron la decisión al juez, y los tribunales los devolvieron a sus escuelas como “medida cautelar” hasta que un juicio resolviese si hubo fraude. Hasta que llegó ese juicio, en el que litigan los padres de los alumnos denunciados y la Consejería de Educación, pasaron dos o tres años, dado el colapso de los juzgados. Pero cuando al fin llegó, los magistrados resolvieron en contra de los niños y retiraron las medidas cautelares, lo que en la práctica quiere decir que mintieron y deben ser expulsados. Hay más de 200 alumnos con medidas cautelares en colegios concertados de Sevilla susceptibles de abandonar la escuela a mitad de curso si un juez resuelve que sus padres le metieron allí de forma engañosa.

  • 1